Honduras

Proyecto incluye más restricciones para dar beneficios

10.02.2019

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Las personas investigadas, procesadas o condenadas por asesinato u homicidio de operadores de justicia o menores de edad y por crímenes de lesa humanidad no recibirán los beneficios por colaboración eficaz.

En un inicio solo se planteó la restricción para imputados por femicidio, violación, violación especial, genocidio, tortura y desaparición forzada, pero en la última propuesta de la Ley de Colaboración Eficaz se añadieron esos ilícitos en el artículo diez.

“La colaboración eficaz tampoco procede en los casos de delitos de acción privada”, subraya la disposición, es decir, como en el caso de los ilícitos contra el honor como la calumnia, injuria y difamación o cualquier otro crimen en el que es necesaria la intervención activa de la víctima.

Varios artículos del Código Penal al igual
que del Código Procesal Penal son derogados
y reformados por esta novedosa normativa.

A diferencia de la primera iniciativa de este marco legal que remitió la Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (Maccih) al Congreso Nacional, esta propuesta fue mejorada y ahora consta de 42 artículos, 20 disposiciones adicionales que la original.

El pasado miércoles el vocero y jefe de esta entidad internacional, Luiz Guimarães Marrey, entregó el anteproyecto de la Ley de Colaboración Eficaz a la coordinadora de la Unidad gubernamental de Apoyo y Respaldo a la Maccih, Estela Cardona, quien a su vez funge como titular de la Procuraduría General de la República (PGR).

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Dos versiones de este instrumento jurídico fueron presentados en el Congreso pasado y en el actual se volvió a introducir una de esas propuestas a la espera de que sea turnada a una comisión de dictamen.

Esta normativa busca que personas en libertad o ya sentenciadas por la comisión de un hecho delictivo obtengan beneficios a cambio de proporcionar información o evidencias que conduzcan a mejorar la eficacia de la persecución penal.

La “ley de los sapos”, como se le denomina en Colombia, abrió el debate a nivel nacional hace dos años cuando tomó fuerza. El expresidente colombiano, Álvaro Uribe, advirtió que la colaboración eficaz se debe de manejar con equilibrio para evitar que testigos falsos puedan favorecerse y generar una impunidad absoluta.

En la nación suramericana han prosperado esa clase de testigos por medio de esta ley, buscando beneficios de la justicia, admitió.

La redacción del articulado sufrió cambios de forma, pero en esencia coincide con el documento original que mandó la Maccih en el 2017, constató EL HERALDO. En el cuarto artículo del anteproyecto de esta legislación se enumeran los delitos habilitantes a la aplicación de la colaboración eficaz.