Tegucigalpa, Honduras.- Como inconstitucional y una violación al carácter apolítico de las Fuerzas Armadas (FF AA) fue catalogada la petición del jefe del Estado Mayor Conjunto de Honduras, general Roosevelt Hernández, quien solicitó al Consejo Nacional Electoral (CNE) que el día de las elecciones generales se le entreguen copias de las actas de las Juntas Receptoras de Votos (JRV) del nivel presidencial.
El viernes 24 de octubre, en declaraciones a medios de comunicación, Hernández detalló que en la reunión con los consejeros Ana Paola Hall, Marlon Ochoa y Cossette López, pidió que la institución castrense obtenga los resultados de los cinco candidatos a la presidencia.
“Muy respetuosamente le dije al pleno que participáramos nosotros, las FF AA, en la parte de que nos compartieran los resultados de las Juntas Receptoras de Votos, esa acta, solo nos interesa una acta, como reza la Constitución que es el acta presidencial”, externó.
Y aunque el jefe militar indicó que esta solicitud está dentro de la función constitucional que tienen las FF AA para garantizar la transparencia y la correcta transmisión de resultados, sectores denuncia que esto es violar el carácter apolítico, el libre sufragio y que representa un abuso de poder a las atribuciones conferidas en la Constitución de la República a las Fuerzas Armadas.
Consideran que la solicitud del alto mando militar podría interpretarse como una intromisión en un proceso estrictamente civil y electoral, contrario a la neutralidad política que, por mandato constitucional, deben mantener las Fuerzas Armadas.
Edmundo Orellana, exfiscal general de la República, opinó que la petición de Roosevelt es "insólita" y que ayuda a incrementar la incertidumbre sobre la transparencia en las elecciones.
Para Octavio Pineda, analista y líder liberal, lo que pide Roosevelt Hernández "es delictivo, abusivo, ilegal, inconstitucional, un delito de traición a la patria, irreverente, soberbio y por demás estúpido".
Para decirle en palabras sencillas a este señor: lo que pide es delictivo,abusivo,ilegal,inconstitucional,delito de traición a la Patria, irreverente, soberbio y por demás estúpido. Definitivamente que usted y sus jefes en Nov 30 #SEVAN @SalvaPresidente pic.twitter.com/poqbmAcuM7
— Octavio Pineda (@OctavioPinedaes) October 25, 2025
Merary Díaz, diputada suplente del Partido Nacional por Francisco Morazán, rechazó la propuesta del general Roosevelt Hernández por considerarla grave y peligrosa para la democracia y la institucionalidad del país.
Rechazamos la propuesta del general Rooselvet Hernández @JEMCFFAAH, por ser grave y peligroso para la democracia y la institucionalidad del país.
— Merary Diaz Molina (@MeraryDiazMol) October 25, 2025
La Cúpula de las Fuerzas Armadas no tiene por qué tener acceso al acta de cierre presidencial.
Eso viola el carácter APOLÍTICO y... pic.twitter.com/Q545OgqhIM
En opinión de Rachid Mejía, candidato a diputado por el Partido Liberal, “¡esto es increíble! El activista, pega afiches de Libre, Roosevelt Hernández, dice que quiere recoger los resultados de las JRV. Servil del familión, ¡una vergüenza para la institución militar y el país!”.
Esto es increíble!
— Rashid Mejía (@RashidMG3) October 25, 2025
El activista pega afiches de Libre, Roosevelt Hernández, dice que quiere recoger los resultados las JRV. Servil del familion,una vergüenza para la institución militar y el país! pic.twitter.com/9kZKOTkgfM
De su lado, el jefe de bancada del Partido Salvador de Honduras (PSH), Carlos Umaña, también alzó la voz reprobando la solicitud de Roosevelt y recordando el deber constitucional de las FF AA.
¿Qué dice la Constitución de la República?
El artículo 272 de la Constitución de la República de Honduras, establece el carácter apolítico y no deliberante de las Fuerzas Armadas —y, por tanto, les prohíbe involucrarse en asuntos electorales como el manejo o revisión de actas.
Artículo 272. Las Fuerzas Armadas de Honduras son una institución nacional de carácter permanente, esencialmente profesional, apolítica, obediente y no deliberante.
Se constituyen para defender la integridad territorial y la soberanía de la República, mantener la paz, el orden público y el imperio de la Constitución, los principios de libre sufragio y la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República.
La Constitución delimita su rol estrictamente logístico. No se menciona revisión, conteo o manejo de actas, lo que implica que no pueden participar en el escrutinio ni tener copias de documentos electorales.