Honduras

Centros penales: una bomba de tiempo permanente

La población penitenciaria vive en condiciones infrahumanas. Hay tres mil reos más de la capacidad de los centros.

FOTOGALERÍA
07.04.2014

Las condiciones infrahumanas en que vive la población penitenciaria, la pésima alimentación y el peligro cada vez mayor a perder la vida -ya sea a manos de un compañero que porta un arma tolerada por la autoridad o por la pésima infraestructura- son situaciones que han sido denunciadas por diferentes organizaciones.

Una de ellas, el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, que desde 1998 ha venido haciendo estudios sobre la situación en los centros penales, ha hecho conclusiones específicas y recomendaciones oportunas, pero las autoridades no le han dado la importancia del caso. De esta forma, el Estado de Honduras ha violado sus normas internas y los tratados internacionales de los cuales es parte, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, “Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas y degradantes” y tratados suscritos con estados afines como México, Panamá y España.

Internamente, la Constitución concede derechos inalienables a los reos desde el momento que son capturados.

“Las cárceles son establecimientos de seguridad y defensa social. Se procurará en ellas la rehabilitación del recluido y su preparación para el trabajo”, dice el artículo 87 de la Carta Magna. La misma Constitución establece que “toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral. Nadie debe ser sometido a torturas, ni penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano”.

Y respecto a los pobres que no tienen dinero para pagar un abogado, dice: “Corresponde al Estado nombrar procuradores para la defensa de los pobres y para que velen por las personas e intereses de los menores e incapaces. Darán a ellos asistencia legal y los representarán judicialmente en la defensa de su libertad individual y demás derechos”.

Uno de los problemas de los centros penales es el hacinamiento. Solo hay 24 presidios construidos para una población de 8,280 personas, pero, según el estudio hecho por el Comisionado de Derechos Humanos, actualmente hay 11,673 reos, lo que representa una sobrepoblación de 3,393 reclusos. Los reos no están clasificados por delito, solo por sexo y nacionalidad y por el estado jurídico del proceso.
Hasta hace poco, solo estaban condenados 4,116 reos.

“Aunque la Ley lo ordena, solo en ciertas penitenciarías funcionan los servicios técnicos especiales de médicos, psicopedagógicos y otros”, dice el estudio hecho por el Conadeh.

El artículo 14 de la Ley de Rehabilitación del Delincuente ordena que los “locales destinados a los reclusos deberán satisfacer las exigencias de higiene y salubridad, particularmente en lo relacionado con el volumen de aire, agua, superficie mínima, alumbrado y ventilación”. Sobre el particular, el informe del Conadeh dice que “a excepción de la cárcel de mujeres, las condiciones de vida de los reclusos son precarias, ya que los centros penitenciarios no cuentan con la infraestructura apropiada”.

La alimentación es precaria e inhumana. Los centros penales del país tienen un presupuesto de once lempiras diarios por cada reo, es decir, 3.66 cada tiempo. Si no mueren de hambre, porque por lo menos tienen arroz sancochado, la muerte les puede venir de otra forma y más cruel.