Prohibiciones y multas: normas de tránsito que todo motociclista debe saber en Honduras
La Ley de Tránsito, que todo motociclista debe conocer, busca reducir estos accidentes mediante la imposición de medidas de seguridad, como el uso obligatorio del casco, no rebasar por el lado derecho, no conducirse con dos o más personas, entre otros
- 09 de agosto de 2024 a las 00:00

En Honduras, el uso de las motocicletas como medio principal de transporte aumentó significativamente en los últimos años por diversas razones, entre las que se encuentran, mayor eficiencia al movilizarse en las principales ciudades, costos accesibles, entre otros. Sin embargo, este incremento también ha traído consigo un alarmante aumento en los accidentes de tránsito. Por ello, es crucial que los motociclistas conozcan y respeten las normas de tránsito establecidas, tanto como para su seguridad y la de los demás usuarios de la vía.

En la presente fotogalería, se abordarán los artículos específicos para motociclistas según la Ley de Tránsito de Honduras, las multas comunes que se imponen por su incumplimiento, consejos para evitar las infracciones y la importancia de tener los documentos en regla.

La Ley de Tránsito en Honduras, que representa el principal el marco legal del país para conductores de vehículos y motocicletas, establece diversas normas dirigidas específicamente a los conductores del automotor de dos ruedas con el objetivo de regular su comportamiento en la vía pública y prevenir accidentes.

La normativa de tránsito contiene artículos que van desde el correcto uso del casco, la portación de la licencia de conducir correspondiente, restricción de maniobras peligrosas, entre otros.

La Ley de Tránsito establece en el artículo 38 que los motociclistas deben sujetarse a las mismas regulaciones, prohibiciones, restricciones y disposiciones que rigen a los vehículos automotores de cuatro ruedas.

“Los conductores de vehículos motorizados de dos (2) o tres (3) ruedas, con motor fijo o agregado, como motocicletas, motonetas, bicimotos, asimismo las bicicletas, las carretas tiradas por semovientes y otros similares a los anteriores, deberán sujetarse a las mismas regulaciones, prohibiciones, restricciones y disposiciones que rigen para los vehículos automotores”, dice textualmente el artículo.

Por su parte, el artículo 51 de la normativa de tránsito ordena que los conductores de motocicletas deben portar la licencia “no especializada” para poder transitar en el territorio nacional.

Para el caso de motociclistas se necesita “la no especializada, para conducir vehículos destinados para turismo, camionetas, pick‐ups y microbuses de uso particular, motocicletas, ciclomotores, triciclos, cuatriciclos y cuatrimoto. El plazo de la vigencia de las licencias otorgadas no podrá ser superior a cinco (5) años”

El artículo 99 de la ley señala las infracciones menos graves para conductores de motociclistas, donde destaca la prohibición para adelantar o rebasar por el lado derecha y conducirse dos más o más personas. Además, ordena el uso obligatorio del casco, tanto en caso del conductor como el del acompañante.

Artículo 99, númeral 4: Adelantar por el lado derecho de la vía, cambiar innecesariamente de carril o hacerlo sin precaución y aviso a otros conductores (es considerado una infracción)

Artículo 99, numeral 24: “Conducirse más de dos (2) personas en una motocicleta o contraviniendo la norma sobre el uso obligatorio del casco protector del conductor de la moto y su acompañante”

Los conductores de motocicletas deben someterse a la Ley de Tránsito y quienes no lo hagan serán duramente sancionados. La Ley de Tránsito de Honduras contempla diversas medidas de control, a las que deben someterse todos los motociclistas.

Las sanciones van desde multas (de 600 hasta más de 10 mil lempiras (un salario mínimo), hasta el decomiso de la unidad, esto según el artículo 101 de la normativa.

Artículo 101: La sanción económica aplicable a los infractores de la presente Ley, será de acuerdo a la escala siguiente: 1) Infracciones graves: 1/3 de salario mínimo mensual en su escala más alta; 2) Infracciones menos graves: ¼ de salario mínimo mensual en su escala más alta; y 3) Infracciones leves: 1/6 de salario mínimo mensual en su escala más alta.

Del mismo modo, conductores que transporten a más de tres personas en el vehículo, motocicletas con luces dañadas o que porten incorrectamente las placas de identificación.

De igual modo, está prohibido adelantar en zonas no permitidas, o circular en medio de dos carriles. Además, no están permitidas las maniobras que pongan en riesgo sus vidas o la de sus acompañantes.

De acuerdo a las autoridades, los accidentes de motos son los más comunes en Honduras, en ese sentido, las sanciones contempladas son el decomiso de la licencia de conducir, según la falta la multa puede ir desde 600 lempiras hasta un salario mínimo (más de 10 mil lempiras) y la confiscación de la motocicleta hasta por 90 días.

¿Cómo evitar las sanciones y multas? Las autoridades de la Dirección Nacional de Vialidad y Transporte han reiterado en numerosas ocasiones que los motociclistas deben acatar las disposiciones que señala la Ley de Tránsito al momento de circular en el vehículo de dos ruedas. Del mismo modo, portar su documentación en regla, licencia, revisión y placas reglamentarias para así evitar ser requerido en un operativo de carretera.