Sin piedad, juzgados como terroristas: las duras reformas aprobadas contra maras y pandillas
Hasta con cadena perpetua podrían ser castigados miembros de maras y pandillas: ¿Qué cambios deja la reforma y cómo se endurecen las penas y controles?
- Actualizado: 24 de mayo de 2026 a las 15:00
Las maras y pandillas en Honduras serán juzgadas como organizaciones terroristas y enfrentarán penas más severas, además de estrictos controles establecidos en las reformas publicadas en el diario oficial La Gaceta. ¿Cómo serán castigadas estas estructuras criminales?
Solo el pasado jueves 21 de mayo se registraron dos masacres, una en Rigores, Trujillo, Colón, y otra en Corinto, Cortés, que en conjunto dejaron más de 25 personas muertas, entre ellas cinco agentes de la Dirección Policial Anti Maras y Pandillas Contra el Crimen Organizado (Dipampco). Sin embargo, previo a estas tragedias, el Congreso Nacional ya había aprobado reformas orientadas a combatir estas estructuras criminales, las cuales entraron en vigencia el sábado 23 de mayo.
Los artículos reformados del Código Penal son el 272, 373, 374, 375, 415, 473, 522 y 587. Entre los principales cambios destaca que el delito de extorsión fue elevado a su máxima gravedad y se formalizó la declaratoria de las agrupaciones criminales que la practican como organizaciones terroristas.
Bajo la nueva normativa, el delito de extorsión será castigado con penas de entre 15 y 20 años de prisión. No obstante, la sanción podría escalar hasta cadena perpetua si el acto deriva en la muerte de una persona.
Las maras y pandillas también perderán beneficios procesales, como el procedimiento abreviado. Esto significa que los acusados ya no podrán optar a mecanismos judiciales que permiten reducir condenas mediante acuerdos de culpabilidad o confesiones anticipadas.
Ahora varias instituciones unirán esfuerzos con la creación de la Agencia Nacional contra el Crimen, un órgano que unificará bajo una sola política pública las acciones de la DDirección Policial de investigaciones (DPI), la Agencia Técnica de Investigación Criminal (ATIC), la Policía Militar y las Fuerzas Armadas.
Las reformas también se aplicarán a las personas que faciliten cuentas bancarias, retiren dinero ilícito o participen en transferencias relacionadas con fondos obtenidos mediante extorsión.
Otro de los cambios establece un control más minucioso sobre las empresas de telecomunicaciones. Las compañías telefónicas deberán mantener un registro “minucioso, verificable y legal” de cada uno de sus clientes. Además, tendrán la obligación de responder en un plazo máximo de 24 horas cuando las autoridades judiciales soliciten información relacionada con intervenciones de comunicaciones.
También habrá mayores restricciones sobre la venta de SIM telefónicos. Las tarjetas SIM ya no podrán venderse en las calles, ya que las compañías deberán verificar plenamente la identidad de los compradores y mantener registros actualizados.
Uno de los artículos más relevantes publicados en el decreto es el 473, relacionado con el uso o tenencia prohibida de uniformes, insignias y equipo policial o militar, una práctica común en estructuras criminales.
“Castiga a quien use públicamente, sin autorización, uniformes, insignias, equipo o réplicas similares de cuerpos de seguridad, investigación del Estado o Fuerzas Armadas. La pena será de cuatro a seis años de prisión o multa de 400 a 600 días. Si se utilizan para facilitar o encubrir un delito, la pena aumentará de ocho a diez años; y si se poseen con ese fin, será de cinco a ocho años”, cita el artículo 473.
El artículo 587 es el que incorpora la definición de terrorismo dentro de la reforma. Este establece que serán consideradas asociaciones terroristas los grupos organizados, permanentes o transitorios, que cometan delitos graves con el propósito de provocar terror, obligar al Gobierno u organismos internacionales a actuar o abstenerse de hacerlo, afectar instituciones del Estado, mantener control territorial o dominio social, o financiarse mediante delitos sistemáticos.