¿Cómo hacer la solicitud para ingresar buques y aviones militares a Honduras?
Ante el nuevo reglamento que indica que toda aeronave y buque deberá contar con autorización de la Sedena para ingresar al territorio hondureña, esta es la solicitud a realizar:
- 26 de agosto de 2025 a las 17:42
Luego de que la Secretaría de Defensa Nacional de Honduras (Sedena) aprobara un nuevo reglamento que restringe el ingreso y tránsito de aeronaves militares y buques de guerra en el país, estos son los pasos para conseguir el ingreso a la nación.
La medida está vigente desde el 7 de junio, luego de ser publicada en La Gaceta, poco tiempo después de que Rixi Moncada dejara el cargo como de ministra de Defensa para aspirar a la presidencia desde el Partido Libertad y Refundación (Libre).
Lo anterior lo indica el Reglamento para Sobrevuelos y/o Aterrizajes y Embarcaciones Marítimas en la República de Honduras, del Acuerdo SDN No. 061-2025, donde menciona las condiciones.
El artículo 8 estrictamente indica que ninguna aeronave extranjera militar, oficial o humanitaria podrá transitar o aterrizar en Honduras sin la autorización expresa de la Sedena.
Con la anterior medida, se busca reforzar el control del espacio aéreo y de las aguas territoriales, especialmente frente a aeronaves de guerra, submarinos y buques armados.
Pero, ¿cómo puede hacer la solicitud de ingreso? Según el artículo 7 del reglamento, las solicitudes deben presentarse mediante una nota verbal de la embajada u organismo internacional correspondiente, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional (SRECI).
Luego de que la solicitud sea revisada, será remitida al Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, el cual instruirá a la Fuerza Aérea Hondureña para asignar el número de clareo diplomático y el código transpondedor.
En el caso de los vuelos con carga peligrosa, la solicitud debe presentarse con al menos diez días hábiles de anticipación; para vuelos oficiales, 48 horas; y para vuelos humanitarios, 24 horas. En casos de emergencia, el permiso puede otorgarse en menos de un día.
Por otro lado, para el caso de los buques de guerra, la solicitud debe hacerse con 45 días de anticipación, los cuales no podrán portar explosivos, realizar maniobras militares, grabar instalaciones ni desembarcar personal armado sin autorización. La permanencia máxima será de 15 días en visitas oficiales y siete días en visitas no oficiales.
Finalmente, es importante mencionar que toda solicitud debe incluir el itinerario completo de la aeronave con fechas, horas, rutas y lugares de despegue y aterrizaje, así como información sobre la misión y las actividades de los pasajeros. Si transportan armas, deberán especificar marca, modelo, número de serie, calibre, municiones y cargadores.
La autorización tendrá una vigencia de 72 horas a partir de la fecha programada del vuelo. Las aeronaves humanitarias no deberán estar artilladas ni transportar personal armado.
No obstante, la Sedena también puede restringir sobrevuelos en determinadas zonas o suspender temporalmente el ingreso de aeronaves extranjeras por razones de seguridad nacional, emergencia sanitaria, perturbación grave de la paz o calamidad general.