Cobros deberán hacerse frente al cliente: las reformas a la Ley de Tarjetas de Crédito
El Congreso Nacional aprobó reformas en la Ley de Tarjetas de Créditos, estableciendo que es obligatorio que los cobros se hagan a la vista del usuario
- 13 de mayo de 2025 a las 17:17

Semanas atrás, el Congreso Nacional aprobó una serie de reformas a la Ley de Tarjetas de Crédito para beneficiar a los tarjetahabientes. Conozca en qué consisten estos cambios a continuación.

Hasta diciembre de 2024, la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) reportó que se emitieron 1,184,952, tarjetas de crédito y 529,532 usuarios. Esto se traduce que en promedio una persona suele tener hasta dos de estos productos financieros.

Una de las reformas aprobadas por el Poder Legislativo destaca la del artículo 36, referente a los intereses y el no cobro de otros cargos, solo aquellos aceptados por el uso de las tarjetas de crédito.

"Cuando el saldo total conformado por el saldo inicial adeudado más las compras, retiros y otros cargos detallados en el último estado de cuenta, sean totalmente cancelados entre la fecha de corte y la fecha de vencimiento de pago establecida en el mismo, no se deben generar intereses a cargo del tarjetahabiente", señala la reforma.

En otras palabras, esto quiere decir que en caso de faltar un monto a pagar, los intereses se deben cobrar sobre este y no al total del crédito.

Liliana Castillo, expresidenta del Colegio Hondureño de Economistas (CHE), lo ejemplificó de la siguiente manera: "Si yo debía 20,000 lempiras y pague 19,000 lempiras, solo me quedó un saldo de 1,000 lempiras y es sobre esa cantidad que me deberían aplicar intereses", explicó.

La reforma al artículo 36 también plantea que "todos los pagos realizados por el tarjetahabiente se aplicarán de manera prioritaria a aquellos cargos más antiguos, indistintamente al estado de cuenta que corresponda". Es decir, que los pagos se aplicarán primero a las deudas más viejas.

Liliana Castillo amplió diciendo que "cuando las personas hagan abonos se va a aplicar sobre los saldos más viejos y no considerar todo el monto total".

Por otro lado, la reforma a artículo 36 indica que "en cualquier caso el saldo de capital sobre el cual ya se haya pagado interés se debe considerar como un cargo nuevo en la fecha de corte, donde se calcularon y aplicaron los intereses respectivos".

Lo anterior significa que de no lograr pagar el total, se cobran intereses a partir de la fecha de cada compra o retiro hasta que se pague o en su defecto, hasta que cierre el siguiente mes.

Otra reforma que se debatió fue la del artículo 44 referente a las prohibiciones de los establecimientos comerciales.

Los comercios estarán obligados a identificar al usuario de la tarjeta y a obtener la firma de este en el momento en que realice una transacción son su tarjeta de crédito. Además, será obligatorio que el cobro se realice bajo la vista del tarjetahabiente.

"Son responsables de realizar el proceso de cobro de las transacciones mediante tarjeta de crédito o débito, siempre a la vista y en presencia del tarjetahabiente, pudiendo realizarse a través de POS (terminal de punto de venta) digitales o cualquier otro medio", puntualiza la reforma al artículo 44.

A criterio de la expresidenta del CHE, estos cambios también van encaminados a "a disminuir la cantidad de fraude que se producen al clonar las tarjetas de crédito para realizar gestiones".