Por un error de procedimiento, la Corte Suprema de Justicia de Honduras absolvió de responsabilidad penal al exministro de Soptravi Rosario Bonano, acusado de corrupción por el Ministerio Público.
En el fallo judicial, la Corte Penal revocó el acto resuelto por los Juzgados de lo Penal (de dictar medidas
sustitutivas) por la acción penal en contra del
extitular
de la Secretaría de Obras Públicas, Transporte y Vivienda.
José Rosario
Bonano, quien fungió en los gobierno de Manuel Zelaya y Roberto Micheletti, es acusado por la Fiscalía contra la Corrupción por dos delitos de abuso de autoridad y fraude en perjuicio de la administración pública.
La defensa del
exfuncionario
presentó un recurso sobre incompetencia judicial, ya que el caso de Bonano debía ser conocido por un Juzgado Civil y no Penal.
Este escrito fue resuelto por la corte Penal, declarándolo a lugar y anulando las acciones entabladas por el Ministerio Público ante los Juzgados de lo Penal.
Ante esta situación
Henry
Salgado, fiscal contra la Corrupción, dijo que la Corte está promoviendo la impunidad al emitir este tipo de fallos.
“Estos son los temas que nos preocupan a nosotros, lamentamos que la Corte esté emitiendo fallos de esta naturaleza”, agregó.
En el fallo emitido por la Corte se establece que el Ministerio Público debió presentar la acción en los Juzgados de lo Contencioso Administrativo y no en los de Penal.
Además, en la acusación laFiscalía no habría agregado el informe de pliegos de responsabilidad penal elaborados por el Tribunal superior de Cuentas en el caso de la cancelación de contrato de
construcción
del eje carretero que conduce de
Marcala, La Paz, al departamento de La Esperanza.
El informe del TSC no tiene ninguna relación para obstaculizar la acción penal, enfatizó el fiscal.
Agregó que “no tendría sentido los informes penales que nos envían”.
'Creemos que la Corte anda complemente errada en tal decisión, la CSJ se ha pronunciado en varios de estos temas y lamentamos que la corrupción sigan aflorando en el país', lamentó.
Al respecto, el abogado de
Bonano
aseguró que está establecido en la ley orgánica del TSC, que consigna que solo en el caso de enriquecimiento ilícito, (como lo cita la Corte Penal en su fallo) es que procede de manera inmediata la acción penal pública, por lo tanto lo que ha expresado el fiscal es
contradictorio
a la ley.
Hernández
dijo que su cliente no puede ser juzgados dos veces por el mismo caso ya que
Bonano
había sido notificado por un pliego de responsabilidad civil, el cual debe agotarse en la vía administrativa y ante el TSC.
Como lo establece el debido proceso, la defensa impugnó el informe y se está a la espera de que comience la evacuación de medios de prueba por lo que aun no existe una resolución por parte del TSC en donde se determine la responsabilidad administrativa de
Bonano.
Hernández
le recordó al fiscal que antes de entablar una acción penal es necesaria agotar la
vía
administrativa y civil.
En el mes de septiembre el caso de Rosario Bonano fue enviado a la Corte Primera de Apelaciones, ahora Corte Penal.