TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Tras una amplia discusión, los diputados del Congreso Nacional aprobaron el martes que las armas de fuego no puedan ser recibidas como garantía prendaria en las casas de empeño de todo el país.
En el artículo 101 del dictamen original de la nueva Ley de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Materiales Relacionados se establecía únicamente una multa de 15 a 20 salarios mínimos para estos lugares que recibieran este tipo de instrumentos.
Sin embargo, en la nueva redacción propuesta a la disposición se disminuyó la sanción de 10 a 15 salarios mínimos y se prohíbe que las casas de empeño reciban armas como garantía prendaria a cambio del dinero que ofrecen en calidad de préstamo.
La portación y sus limitantes contemplada en el artículo 66 de esta normativa se admitió, donde se prohíbe andar armado en hospitales, centros educativos, estadios, canchas deportivas, centros de esparcimiento y establecimientos bancarios.
Al mismo tiempo se restringe la portación de armas de fuego en todo tipo de elecciones, desfiles, actos sociales, religiosos al igual que políticos.
Por otro lado, en la sesión de ayer se aprobaron en tercer y último debate 16 artículos más de la nueva Ley de Adopciones, quedando pendientes de admitir 44 disposiciones.
Representantes del rubro de taxis llegaron ayer al hemiciclo legislativo y anunciaron que mañana presentarán la iniciativa ciudadana que busca disminuir el valor del galón de las gasolinas.