Esa fue la determinación del Poder Legislativo mediante una resolución, por lo que las iniciativas que surjan y sean remitidas por el Poder Ejecutivo deberá de cancelar los costos de divulgación a través de la Secretaría de Estado o dependencia ante la Empresa Nacional de Artes Gráficas (ENAG).
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La misma medida se aplicará para las iniciativas de ley enviadas por el Poder Judicial, Consejo Nacional Electoral (CNE), municipalidades u otras entidades privadas. “En caso de los fallos emitidos por la Sala de lo Constitucional declarando la inconstitucionalidad de una ley o una norma de carácter o aplicación general, el Congreso Nacional únicamente cubrirá los costos de publicación en caso de inconstitucionalidad de las leyes aprobadas”, subraya la decisión.
Aunque no se haya realizado el pago de las publicaciones, la ENAG procederá a su divulgación inmediata.
Si en cinco días, luego de la promulgación de las iniciativas en La Gaceta no se ha hecho efectivo el pago, este órgano desconcentrado emitirá una nota de crédito por el monto de la publicación a cargo de la institución correspondiente.
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