Honduras

Base jurídica de instrumentos aprobados por el Congreso es débil

Proceso de depuración policial debe estar fundamentado en la legalidad, advierten.

07.04.2014

La Comisión de Reforma a la Seguridad Pública (CRSP), institución creada por el gobierno para proponer cambios estructurales en el sistema, fijó su posición sobre el proceso de depuración de la policía en base a la ley que fue aprobada por el Congreso Nacional.

El comunicado advierte, en su punto 1, que el recientemente iniciado proceso de depuración policial, ejecutado por la Dirección de Investigación y Evaluación de la Carrera Policial (DIECP) y la Secretaría de Seguridad en su conjunto, ha entrado en una crisis que se manifiesta en los niveles de credibilidad pública, viabilidad jurídica, voluntad política y gestión y eficiencia.

Aseguran que es evidente que la base jurídica de los instrumentos que el Congreso Nacional ha puesto en manos de la DIECP y la Secretaría de Seguridad evidencia debilidad, “tal como lo demuestra la declaratoria de inconstitucionalidad emitida recientemente por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia”.

¿Y la cúpula?

Para la CRSP, un verdadero proceso de depuración de la Policía necesita estar fundamentado en la legalidad, impulsarse desde la cúpula hasta el nivel básico, rapidez y eficiencia, transparencia y credibilidad, aspectos que resultan impensables si no existe voluntad política y decisión firme para impulsarlo.

Los miembros de la CRSP advierten que en aras de la transparencia, es necesario mantener plenamente informada a la ciudadanía y no manejar el proceso con opacidad, secretos, dobleces y privilegios.

Consciente de que el fin último de las pruebas de confianza y de la depuración policial que debe seguir a las mismas es dar a la Policía un nuevo perfil ético y de eficiencia, la CRSP plantea que el proceso no se detenga, porque eso sería burlar las expectativas de la ciudadanía, pero recomienda que se ponga particular énfasis en la investigación del patrimonio de los policías, así como en el de sus parientes en el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad. La mencionada investigación patrimonial debe hacerse sobre la base de los datos que suministre el Tribunal Superior de Cuentas, la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, el Registro de la Propiedad Inmueble y el Registro de sociedades, así como el Registro de vehículos particulares y de transporte de personas.

Polígrafo debe ser voluntario

El uso del polígrafo debe ser una prueba voluntaria que forme parte de un conjunto de evaluaciones tales como las toxicológicas, de inteligencia, axiológicas, de habilidades, personalidad, estudio socioeconómico del entorno familiar, análisis educativo y del ambiente social en que se han desenvuelto el aspirante y los policías en funciones, tal como se estila en otros países de América Latina.

Y las pruebas en referencia deben ser aplicadas sin violentar derechos constitucionales tales como la presunción de inocencia, el derecho de defensa, el derecho a ser oído en juicio y otros contemplados por nuestras leyes, concluye el comunicado.