Tegucigalpa

¿Qué trámites debe realizar para sacar a un menor de Honduras?

El artículo 101 del Código de la Niñez tipifica que un menor solo puede salir del país con la autorización de ambos padres.
26.04.2024

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- En Honduras, el proceso de sacar a un menor de 21 años del país requiere una serie de trámites y autorizaciones.

Según la legislación hondureña, cualquier individuo menor de 21 años es considerado como un menor de edad, por ende, necesita la autorización de sus padres para abandonar el territorio nacional.

Uno de los requisitos fundamentales para llevar a cabo este procedimiento es la obtención del pasaporte del menor.

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Para ello, se requiere la presencia de ambos padres al momento de realizar el trámite. Es importante tener en cuenta que, sin el pasaporte correspondiente, no será posible proceder con la salida del país.

Además, una vez teniendo el documento internacional, se debe solicitar una autorización especial para la salida del menor.

Esta se la debe proporcionar un abogado; ambos padres tendrán que firmarla y debe estar debidamente notariada. Al momento de la salida del menor, este documento quedará en la aduana o en el aeropuerto.

En casos extraordinarios, si uno de los padres ya falleció, el interesado deberá acreditar este hecho por medio de una constancia de defunción.

Por otro lado, existe la posibilidad de que uno de los padres del menor se encuentre fuera del país; en este contexto el tutor deberá enviar una autorización firmada y realizada en un consulado de Honduras.

Otro de los escenarios es que uno de los tutores le niegue la salida del país al menor; el interesado debe solicitar ante un juez de la niñez y adolescencia la autorización; siempre y cuando los motivos sean por estudios o por salud.