Honduras

Pruebas de confianza a todo el personal judicial

El CN reformó la Ley del Consejo de la Judicatura, que obliga aplicar más pruebas, como el polígrafo y las psicométricas.

24.01.2014

El personal jurisdiccional y administrativo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tendrá que someterse a pruebas de confianza.

Así lo ordena una reforma a la Ley del Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial, aprobada por el Congreso Nacional (CN).

Anteriormente, este Consejo solo estaba facultado a investigar el patrimonio de los jueces.

Ahora podrá instruir la aplicación de otras pruebas de confianza, como el polígrafo y la psicométrica.

Se reformaron los artículos 3, 4, 6, 9, 23, 24, 34, 36, 41, 63 y 74 de dicho estamento legal. El artículo 36 legitima al Consejo de la Judicatura a practicar las pruebas del polígrafo, manifestó el consejero Francisco Quiroz.

Anteriormente, el someterse a esta prueba era de carácter voluntario, ahora es obligatorio para todo el personal judicial.

“En los próximos días, cuando ya salga publicada la reforma en el diario oficial La Gaceta, vamos a realizar y efectuar el reglamento correspondiente para ir socializando la práctica de dichas pruebas”, expresó.

Las pruebas de confianza “ya son de manera obligatoria, fueron aprobadas por el Congreso, vamos a esperar su publicación en el diario oficial La Gaceta para empezar a elaborar una calendarización en la Administración de Personal. Oportunamente se informará dónde y cuándo se aplicarán dichas pruebas. Cada servidor deberá trasladarse a un lugar para aplicar las pruebas, lo que implicará una erogación presupuestaria.

El Consejo de la Judicatura podrá auxiliarse de la Dirección de Investigación e Inteligencia del Estado o por una superintendencia recién creada por el CN para aplicar dichas pruebas de confianza. Asimismo, se reglamentará la investigación socioeconómica.

Separaciones

El reprobar una sola prueba no será causal de despido de un empleado o funcionario, como sucede en la Policía Nacional.

El artículo 36 reformado señala en su último párrafo que las pruebas del polígrafo y psicométricas no podrán por sí solas descartar a un aspirante o servidor.

“Es decir que si no pasa la prueba del polígrafo lo que va a hacer es que abra una puerta para que inmediatamente se haga una investigación y evaluación del desempeño del empleado, asimismo, el estudio socioeconómico, amarrando unas con otras, después de terminar toda la evaluación, entonces sí se van a poder tomar decisiones que pueden ser, obviamente la más grave, el despido”, explicó.