Los retiros, transferencias y otros servicios financieros serán gratis

Con el fin de mejorar el acceso y uso de servicios financieros, las autoridades de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros adoptaron medidas para favorecer a los usuarios

Con las nuevas disposiciones se beneficiará a los tenedores de tarjetas de crédito, cuentahabientes y usuarios en general.

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Reformas

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- La Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) anunció el miércoles la cancelación de cobros para varios servicios que presta el sistema financiero.

Las instituciones del sistema financiero, las sociedades emisoras de tarjetas de crédito y organizaciones privadas de desarrollo deberán acatar las ordenes establecidas por la CNBS, según la resolución.

El documento detalla que los artículos 8 y 22 de las normas complementarias para el Fortalecimiento de la Transparencia, Cultura Financiera y Atención al Usuario Financiero tendrán que reformarse.

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¿Qué dice la ley?

La propuesta de modificación del inciso 5 del artículo 8 explica que se deberá informar al cliente sobre el cobro de la transacción que realice.Los servicios que se contemplan son transacciones individuales, envío de transferencias por banca electrónica y retiros en cajeros automáticos o en cualquier otro medio digital.

La reforma del artículo 22 denomina como “prácticas abusivas” los siguientes cobros: retiros o depósitos, es decir, cobrar comisiones u otros cargos al efectuar retiros o depósitos en ventanillas por cuentas de ahorro, así como por la cancelación de la misma.

Por los saldos mínimos en las cuentas de ahorro y cheques, que deberán cobrar cargos mínimos o bajos promedios en las cuentas de ahorro o cuentas de cheques.

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Establecer cargos por la suscripción o cancelación del servicio de banca electrónica.

Efectuar cobros a los usuarios financieros por errores operativos en las transacciones atribuibles a la institución.

Por la inactividad de cuentas de ahorro y cheques.

Finalmente, cobrarle al usuario financiero la emisión de certificaciones emitidas por una institución del sistema financiero para efecto de cancelación del gravamen en el Registro de la Propiedad.

Las presentes resoluciones deberán ser publicadas en el diario oficial La Gaceta.

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Tags:
servicios financieros
Honduras
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