Elecciones en Honduras

Declaran sin lugar acción de nulidad que interpuso Nelson Ávila

El CNE tiene hasta el próximo miércoles para resolver todos los escritos presentados

29.04.2021

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- De las 13 acciones de nulidad a la declaratoria de las elecciones primarias presentadas por exprecandidatos de Libertad y Refundación (Libre), uno de estos recursos interpuestos fue resuelto sin lugar por el Consejo Nacional Electoral (CNE).

Así lo conoció en exclusiva EL HERALDO mediante una resolución que será oficializada y divulgada por el ente colegiado. “Declarar sin lugar la acción de nulidad contra la declaratoria de elecciones en los tres niveles electivos de los partidos políticos participantes en las elecciones primarias celebradas el domingo 14 de marzo de 2021 presentada por el señor Jorge Nelson Ávila Gutiérrez, exprecandidato presidencial del partido Libertad y Refundación (Libre), por medio de su apoderado legal”, subraya el primer párrafo de la parte resolutiva del escrito.

La determinación del órgano electoral argumenta que este reclamo no llenó los requisitos establecidos en el artículo 202 numerales ocho y nueve de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas.

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De acuerdo con la disposición de la normativa vigente referente a las causas de nulidad de las elecciones se incumplió si existe fraude en la suma de los votos y éste incide en el resultado de la elección. Asimismo, tampoco procedió si existe alteración o falsificación de las actas o certificaciones electorales. Un total de 24 acciones de nulidad fueron interpuestas ante el CNE al acuerdo 09-2021 contentivo de la oficialización de los resultados de las pasadas elecciones primarias.

Plazo para resolver

Hasta el próximo miércoles tiene como plazo el organismo que administra los procesos electorales para resolver la totalidad de los recursos que fueron formalizados y que algunos buscan la nulidad absoluta de los comicios que tuvieron lugar el segundo domingo de marzo pasado. En caso de decretarse la invalidación de la declaratoria de las elecciones primarias se deberá rectificar de inmediato y se hará la respectiva publicación, de conformidad al artículo 206 del conjunto de normas en materia electoral.

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