Honduras

Sala Constitucional tenía 20 días para resolver sobre 'ciudades modelo'

A su juicio, las “ciudades modelo” violentan 37 artículos de la Constitución.

07.04.2014

La Sala Constitucional mantiene en deuda la sentencia sobre si son o no inconstitucionales las Regiones Especiales de Desarrollo (RED), conocidas como “ciudades modelo”.

La misma debió dictarse a inicios de año, en respuesta al recurso de inconstitucionalidad interpuesto en octubre del año anterior por un grupo de abogados que integran la Asociación de Juristas por el Estado de Derecho. En febrero de este año trascendió el dictamen emitido por el Ministerio Público (MP), como parte del trámite que ordena la ley para dictar sentencia, opinando que las reformas constitucionales para crear las “ciudades modelo” son inconstitucionales.

El artículo 81 de la Ley sobre Justicia Constitucional cita: “Del plazo para dictar sentencia: una vez recibido el dictamen del Ministerio Público, o de vencido el plazo para hacerlo, se dictará sentencia dentro de los 20 días hábiles siguientes”. Por consiguiente, tras recibir en febrero el dictamen del MP, los magistrados de la Sala Constitucional debieron dictar la sentencia a más tardar en marzo.

“Es extraño que la Corte Suprema, o la Sala Constitucional, no haya emitido una resolución después de haber recibido el dictamen del MP, porque a partir de ese momento solo tienen 20 días para emitir su resolución”, expresó el asesor de la Fiscalía General, Rigoberto Espinal Irías.
Aunque el dictamen del MP no es vinculante, Espinal Irías dijo que la opinión tiene trascendencia porque es ilustrativo y orienta a los magistrados para que procedan conforme a derecho.

A su criterio es innecsario crear las “ciudades modelo”, en cambio hay que recomendar a los gobiernos planificar para el desarrollo de todo Honduras y no de regiones.

“Hemos vivido gobiernos desordenados, improvisando a cada instante, creo que las reformas que conducen a las RED tienen un punto obscuro”, expresó. Afirmó que las RED violentan 37 artículos de la Constitución, entre ellos el 107, que prohíbe ceder terrenos a extranjeros frente a las costas y fronteras.