Honduras

En manos de magistrados del TSC el requerimiento contra Bográn

El Ministerio Público se encuentra atado para ejercer la acción penal en los casos de corrupción que se han reportado durante la emergencia sanitaria provocada por el covid-19

28.07.2020

TEGUCIGALPA, HONDURAS.-Que se judicialicen los actos de corrupción y que se castigue a los culpables son uno de los principales anhelos de la sociedad hondureña, que ha sufrido en carne propia los embates de la corrupción en tiempos de la pandemia.

Las investigaciones por los casos de corrupción están avanzados, sin embargo, el Ministerio Público no puede emitir los requerimientos fiscales ni contra Marco Bográn ni contra Gabriel Rubí, principales investigados por presuntos actos de corrupción, porque una norma aprobada por el Congreso Nacional el año anterior le impide el libre ejercicio de la acción penal.

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Se trata de la Ley Especial para la Gestión, Asignación, Ejecución, Liquidación y Rendición de Cuentas de Fondos Públicos para Proyectos de Orden Social, Comunitarios, Infraestructura y Programas Sociales o popularmente conocida como la Ley del Fondo Departamental, que ha sido calificada como una coraza para los corruptos.

En papel mojado quedarían todas las diligencias de investigación, que van desde el secuestro de documentos, inspecciones y toma de declaraciones a investigados y testigos, si el TSC no actúa a tiempo.

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La normativa señala que mientras el TSC “no emita una resolución definitiva, queda en suspenso cualquier otro tipo de acción administrativa, civil o penal, independientemente en la fase en que se encuentre, con relación a la deducción de cualquier tipo de responsabilidad sobre los fondos que están siendo auditados”.

Es decir, que para que actúe el Ministerio Público, el TSC habrá de emitir sus pliegos de responsabilidad penal contra los funcionarios que hayan despilfarrado los fondos públicos.

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Imposibilidad

Un análisis hecho por la Fiscalía señala que esa ley contraviene la misma Constitución de la República y le brinda al TSC “una facultad excesiva para intervenir en la calificación de otros tipos penales, lo que imposibilita al MP el ejercicio de la acción penal pública en delitos relacionados con el uso indebido de recursos públicos”.

Además, la misma legislación establece que el TSC tiene un plazo de hasta tres años para finalizar con las investigaciones y emitir sus finiquitos. En muchas ocasiones, el TSC tarda hasta diez años en emitir los pliegos de responsabilidad.

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Durante la emergencia, se ha denunciado la millonaria sobrevaloración en la compra de los hospitales móviles, equipo de protección personal, percoladoras, televisores y otros insumos. Pese a ello, nadie ha respondido por el millonario despilfarro.

En las manos de los magistrados del TSC, José Juan Pineda, Ricardo Rodríguez y Roy Pineda, está que los casos de corrupción reportados durante la emergencia provocada por el nuevo coronavirus no quede en la impunidad.

EL HERALDO intentó comunicarse vía telefónica con los tres magistrados para conocer los alcances y avances de la auditorías especial y ninguno respondió las llamadas telefónicas.

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Un informe de prensa, remitido por la Dirección de Comunicaciones del TSC, confirmó que en el caso de los hospitales móviles hay una auditoría especial en proceso y que “una vez instalados y verificada su utilidad, el TSC emitirá el informe final, contendrá los hallazgos y, de existir méritos suficientes, se procederá conforme a ley deduciendo las responsabilidades que correspondan, sean de tipo civil, penal o administrativo; garantizando los principios del debido proceso, objetividad, transparencia e imparcialidad”.

A criterio de Carlos Hernández, representante de Transparencia Internacional, “se deben hacer las investigaciones de rigor, y poco se está diciendo de la inacción del Tribunal Superior de Cuentas, se está esperando que se pronuncie, pero se han llamado al silencio casi absoluto”.

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