Honduras

El aborto quedará penalizado, según la comisión de dictamen del Congreso Nacional

La determinación se tomó por mayoría de votos y no de forma unánime. Este jueves será sometida a discusión en el Hemiciclo

03.05.2017

Tegucigalpa, Honduras
La polémica figura del aborto quedará tipificada como delito, según el dictamen del nuevo Código Penal, cuyas penas van entre tres a diez años de reclusión.

Así lo confirmó ayer el presidente de la comisión dictaminadora, Mario Pérez, quien aseguró que la determinación fue por mayoría y no de forma unánime.

“Hubieron (hubo) algunos diputados que votaron en otra línea, pero al final la comisión ha decidido que el delito del aborto quede como está actualmente en el Código Penal”, declaró.

Posiciones encontradas y división entre dos sectores ha provocado en las últimas semanas los intentos de los congresistas por regularizar esta disposición.

En la nueva normativa se establecen excepciones para que la interrupción del embarazo no sea considerada como un hecho punible, tal como en otros países.

EL HERALDO tuvo acceso a la nueva redacción de la disposición, la cual sufrió algunas variaciones de forma, entre ellas en el apartado de las multas que ahora son por día y variarán conforme a la capacidad económica del imputado.

Votaciones
Los representes del Partido Nacional y Partido Liberal votaron en contra de que se despenalice este ilícito, incluyendo uno de los delegados del Partido Anticorrupción (Pac), apuntó el también secretario del CN.

Detalló que en el caso de los miembros de las demás fuerzas políticas, como el partido Libertad y Refundación (Libre), Unificación Democrática (UD) y del Partido Innovación y Unidad (Pinu) votaron a favor de la despenalización del aborto dentro de las tres causales reconocidas por el derecho internacional.

“Cualquier persona que se practique un aborto, quien lo practique estaría cometiendo un delito grave en nuestro país”, aseguró Pérez.

Sin embargo, enfatizó que “en una emergencia, en donde sea necesario salvar la vida de una persona embarazada si un médico lo practica, porque es la única forma de salvar esa vida, estaría amparado en un estado de necesidad”.

La muerte del ser humano en cualquier momento del embarazo o durante el parto está penalizada en el artículo 126 del Código Penal vigente desde 1983.

En la sesión ordinaria programada para hoy se espera que el artículo 196, que ahora contempla el aborto, en el nuevo instrumento legal se someta a discusión y aprobación por el pleno de diputados.