La destitución de cuatro magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) adquirió el carácter definitiva, al menos en el ámbito nacional.
Un pleno especial de la CSJ declaró sin lugar los dos recursos de reposición interpuestos contra un fallo emitido el pasado 6 de febrero por este pleno, que rechazó la admisión de dos amparos interpuestos por la Barra de Abogados Hondureños Anticorrupción, registrado con No 1019-2012; y los cuatro magistrados destituidos, con registro 1026-2012.
Estos recursos de amparo se interpusieron contra la resolución del Congreso Nacional (CN), del pasado 12 de diciembre, de destituir a los magistrados de la Sala Constitucional José Antonio Gutiérrez Navas, Rosalinda Cruz Sequeira, Gustavo Bustillo Palma y Francisco Ruiz Gaekel.
El portavoz de la CSJ, Melvin Duarte, confirmó que la determinación del pleno especial de magistrados fue declarar sin lugar los dos recursos de reposición con una votación de 13 a dos, similar a la votación anterior, cuando fue rechazada la admisión de los amparos. Es decir que solo los magistrados Raúl Henríquez y Adela Kafaty mantuvieron su posición de que se admitieran los amparos.
“La determinación de los magistrados ha sido declarar sin lugar los recursos de reposición, en una votación de 13 a dos”, informó Duarte.
El pleno especial fue presidido por el titular de la CSJ, Jorge Rivera Avilés.
La reposición fue el último recurso al que tenían derecho los recurrentes, por lo que no hay más acción judicial que interponer en torno a este caso.
De acuerdo al artículo 120 de la Ley sobre Justicia Constitucional, las resoluciones tomadas en pleno son objeto de recurso de reposición. “Es la última instancia que estaba por utilizarse por parte de los recurrentes”, manifestó.
Por la tarde los integrantes del pleno, dos magistrados propietarios y trece de Cortes de Apelaciones firmaron el acta correspondiente de dicho fallo.
El pleno especial argumentó el rechazo de los amparos en que los diputados no son funcionarios contra quienes se interponen este tipo de recursos.
Los recurrentes, la Barra y los cuatro destituidos sostuvieron que la Sala Constitucional o el pleno sí eran competentes para conocer los amparos. Sustentaron su posición en el artículo 42 de la Ley sobre Justicia Constitucional, sobre la procedencia de la acción de amparo, el cual cita que “procede la acción de amparo contra las resoluciones, actos y hechos de los poderes del Estado...”.
Al desestimarse este argumento, los dos amparos serán archivados en la CSJ.
Desligados y demanda
Con la sentencia, los cuatro magistrados destituidos se desligan del poder Judicial.
Dejarán de utilizar las oficinas, vehículos y la seguridad que tenían aún asignados. Ahora serán reasignados a los magistrados que juramentó el CN: Víctor Lozano, Silvia Santos, German García y Elmer Lizardo.
Al agotarse la instancia interna, los cuatro exmagistrados tienen expedito demandar al Estado de Honduras ante instancias internacionales.
Bustillo manifestó que al agotarse esta última instancia, interpondrán la denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con sede en Washington, por graves violaciones a sus derechos, como el del debido proceso, defensa, trabajo e independencia judicial.
Posteriormente sería turnado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Con la demanda el Estado estaría expuesto a ser condenado al pago de indemnización por concepto de daños y perjuicios, como el reintegro de los destituidos.
Aseguró que ya cuentan con avances de la demanda que presentarán en los próximos días.