Honduras

Solo ciudadanos enrolados estarán en censo definitivo

Ley transitoria cambia los tiempos del censo para garantizar la nueva identidad

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19.08.2020

TEGUCIGALPA, HONDURAS.-Solo quienes tramiten su tarjeta de identidad a través del enrolamiento que impulsa el Registro Nacional de las Personas (RNP) serán incorporados a los censos provisional y definitivo que serán la base de las primarias entrantes.

Así lo determinan las “Disposiciones transitorias para el Censo Nacional Electoral provisional y definitivo Elecciones Primarias 2021”, escrito que será presentado al pleno del Congreso Nacional y al que EL HERALDO tuvo acceso.

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El documento cambia los tiempos de presentación del censo por parte del RNP al Consejo Nacional Electoral (CNE).

Por ejemplo, el censo provisional, que según el cronograma del CNE debe ser conocido el 31 de este mes de agosto, ahora será exhibido por el organismo electoral el 13 de noviembre.

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Y el padrón definitivo, que en términos de transparencia es el más importante, pasa de la fecha 14 de diciembre al 31 del mismo mes.

Con la seguridad de que los ciudadanos enrolados serán parte del padrón se garantiza que este documento estará del todo depurado al 14 de marzo, día de los undécimos comicios internos y primarios.

La ley transitoria, salvo cambios de última hora, consta de cuatro artículos y con ella se pretende ponerle fin a la polémica sobre la depuración del Censo Nacional Electoral.

El CNE elaborará el censo provisional “a partir de los listados de ciudadanos que soliciten su tarjeta de identidad o documento nacional de identificación a través del proyecto Identifícate ejecutado por el Registro Nacional de las Personas”, dice el artículo 1.

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El RNP elaborará la información depurada para entregar al CNE la “lista de todos los ciudadanos que hayan solicitado el Documento Nacional de Identificación, sea por primera vez o por renovación, mediante el sistema digital biométrico que registra o verifica los datos personales, la imagen facial, la firma manuscrita y las huellas dactilares”, añade.

El RNP debe entregar al CNE de forma permanente “información depurada que contenga el listado autorizado de los ciudadanos que haya incluido en el Sistema de Identificación Nacional” para que el CNE “proceda a su publicación el 13 de noviembre de 2020”.

Respecto al censo definitivo depurado afirma la ley que “deberá estar elaborado por parte del CNE en fecha 31 de diciembre de 2020”.

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