Honduras

Niveles de seguridad de información dividen Sala Constitucional

Los niveles confidencial, secreto y ultrasecreto se expulsarían de la polémica legislación

12.02.2020

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Tres magistrados de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) se pronunciaron a favor de derogar los tres niveles de seguridad y blindaje de la información que posee la Ley para la Clasificación de Documentos Públicos Relacionados con la Seguridad y Defensa Nacional o Ley de Secretos.

Otros dos magistrados se pronunciaron a favor de que se mantenga la ley. Producto de la división, el pleno de la CSJ conocerá y resolverá el fallo.

En la resolución, los jueces opinaron que debe de declararse inconstitucional el nivel confidencial, que refiere “al nivel intermedio en materias clasificadas en el orden nacional”.

Este párrafo se refiere a la información, documentación o material referido al ámbito estratégico interno del Estado y que su revelación podría originar riesgo inminente o amenaza directa contra la seguridad, la defensa nacional y el orden público.

Asimismo, el nivel secreto que es el más alto en materias clasificadas en el orden nacional. Esta es aquella información, documentación o material referido al ámbito estratégico del Estado tanto en lo externo e interno y que su revelación podría originar riesgo inminente o amenaza directa contra el orden constitucional, la seguridad, la defensa nacional, las relaciones internacionales y el logro de los objetivos nacionales.

Según la ley, este material eventualmente causaría “serios daños internos y externos” a la seguridad nacional si estuviera públicamente disponible.

Esta calificación es facultad propia del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad. Igualmente el nivel ultrasecreto, que es el más alto de clasificación en materias clasificadas en el orden nacional.

Esta se refiere a aquella información, documentación o material que estando referido al ámbito político-estratégico del Estado, tanto en lo externo e interno de la defensa nacional, su revelación originaría riesgo inminente o amenaza directa contra la seguridad, la defensa nacional, la soberanía e integridad territorial y el logro de los objetivos nacionales.