Honduras

La CSJ no sugirió revisar las penas de delitos graves

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10.01.2020

tegucigalpa

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia recomendó al Congreso Nacional derogar totalmente cuatro artículos y revisar otros 11 del polémico Código Penal.

La opinión de la Corte propone la derogación del artículo 28 de la nueva norma, que está relacionado con la responsabilidad penal cometido a través de medios de difusión.

Asimismo, la derogatoria del 233 que se refiere a la responsabilidad civil que tiene el imputado en caso de que la injuria o calumnia se realice con publicidad.

Los jueces se manifestaron a favor de la derogatoria de 323 del Código que establece que quien conduce un vehículo automotor con temeridad manifiesta y pone en concreto peligro la vida o la integridad de las personas debe ser castigado con las penas de prisión.

El alto tribunal está de acuerdo en que se derogue el artículo 294 relacionado al acoso laboral, siempre que se considere la inclusión del artículo 600-A de la nueva legislación.

La Corte, además, se manifestó en desacuerdo en derogar 29 artículos que propone la exclusión de todas las normas de contenido referente a la responsabilidad penal de las personas jurídicas que fue planteado por el Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep).

“Somos del criterio que la regulación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas contenidas en el Código Penal 130-201 es propia en relación con la realidad nacional y brindará oportunidad de mejora en el quehacer corporativo”, establece la opinión.

Propuesta

En su opinión, el alto tribunal de justicia recomendó la reforma de 13 artículos de la polémica legislación.

Sin embargo, la Sala Penal no se refirió a la revisión de penas de los delitos considerados de alto impacto como lavado de activos, asesinato, extorsión y algunos relacionados con la corrupción pública.

Los jueces plantean una reforma del artículo 1 del Código que tiene que ver con el principio de legalidad. “La reforma va orientada a la inclusión de un último párrafo que dispone la obligación de los órganos jurisdiccionales de las normas convencionales e internacionales, así como las resoluciones emitidas por instancias penales internacionales”, indica la opinión.

Esta obligación está referida en los artículos 12 y 18 de la Constitución de la República, por lo que la reforma no es necesaria, pues las normas constitucionales son de aplicación directa para los tribunales.

Además, se propone la enmienda del artículo 126, relacionado con la responsabilidad subsidiaria.

“El artículo 126 regla la responsabilidad subsidiaria de carácter civil de personas naturales o jurídicas por los actos delictivos realizados por otros. Esta norma recoge lo ya postulado en el Código Civil”, expresa el documento.

En relación con el artículo 248 que se refiere al desplazamiento forzado, la reforma propone la inclusión de dos párrafos con circunstancias que agravan la pena; “sobre ello consideramos recomendable tener presente que el nuevo Código designa como prisión privativa de la libertad, por lo que en el segundo párrafo se deberá sustituir la palabra reclusión por prisión”.

Asimismo, se recomendó modificar el artículo 312 que se refiere a las agravantes específicas del tráfico de drogas.

“El artículo 312 contiene las agravantes específicas que generan un aumento de la pena del delito de tráfico de drogas y la disposición del último párrafo de un incremento adicional ante el concurso agravante, siendo la reforma propuesta dirigida a este último párrafo a fin de que se considere dentro del concurso los supuestos de tráfico internacional, lo que es oportuno dada la gravedad que esto supone”, indica la propuesta.

Asimismo, se recomienda el cambio del artículo 321 relacionado con las definiciones.

Esta reforma está vinculada íntimamente con el contenido del artículo 312 que dispone las circunstancias agravantes para el delito de tráfico de drogas que ocasionan incremento de las penas, siendo una de ellas que la cantidad traficada sea de especial importancia, proporcionando al artículo 321 el parámetro objetivo para determinar
esa condición

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