Honduras

La ruta de Juan Orlando Hernández, un largo camino con habilidad política

1,410,888 votos sacó Juan Orlando Hernández en las elecciones generales del 26 de noviembre

26.01.2018

Tegucigalpa, Honduras
Juan Orlando Hernández, 49 años, está considerado uno de los políticos más habilidosos de los últimos años, mérito reconocido por la misma oposición.

Desde su época estudiantil se cruzó una meta: ser Presidente de la República, ilusión que en aquel momento nadie de sus compañeros de estudio en la UNAH se creyó.

Sus retos cobraron mayor forma cuando se incorporó como asistente ejecutivo de su hermano, Marco Augusto Hernández, quien actuaba como secretario del CN (1990-1992).

Obtuvo una beca para continuar estudios de legislatura en España y en 1994 partió a Estados Unidos de donde retornó un año después con una maestría en administración pública con orientación legislativa. Posteriormente, para las elecciones de 1997 se convirtió en diputado por Lempira.

A partir de este período se mantuvo como diputado logrando escalar como secretario del CN, presidente, precandidato presidencial en 2012, candidato presidencial en 2013 y Presidente de la República 2014-2018 y 2018-2022.

El período electoral más polémico ha sido este último por la sombra de la reelección que la oposición considera logró de la forma menos elegante porque pudo haberlo hecho a través de las figuras del plebiscito y referéndum, ya vigentes.

El 12 de diciembre de 2012 fueron destituidos de sus cargos los magistrados de la Sala de lo Constitucional José Francisco Ruiz, José A. Gutiérrez Navas, Gustavo E. Bustillo y Rosalinda Cruz, supuestamente por haber “conspirado” contra el CN. Era presidente de este poder del Estado, Juan Orlando Hernández, quien recién había ganado la candidatura presidencial.

En 2013 le ganó las elecciones generales a Xiomara Castro, la candidata presidencial de Libre, que las encuestas daban como favorita. El 22 de abril de 2015 la nueva Sala de lo Constitucional declaró “la inaplicabilidad de los artículos 42 numeral quinto y 239 de la Constitución”.

El primero advierte la pérdida de la calidad de ciudadano “por incitar, promover o apoyar el continuismo o la reelección del Presidente de la República” y el segundo (239) prohíbe la reelección al “ciudadano que haya desempeñado la titularidad del Poder Ejecutivo”.

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