Honduras

La Sala Constitucional podría declarar inaplicable el 335-B

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06.06.2017

tegucigalpa

Tras varias semanas de haber sido dictaminada por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), la opinión de ese poder del Estado sobre el artículo 335-B del Código Penal que violenta la libertad de expresión se encuentra engavetada.

La Sala Penal de la CSJ turnó su opinión al pleno de magistrados del Poder Judicial, el cual sigue sin determinar si aprueba o en su defecto imprueba.

“Básicamente (la opinión) va encaminada a que se debe hacer la reforma” del artículo 335-B del Código Penal, dijo el presidente de la Sala Penal de la CSJ, Rafael Bustillo Romero.

El Colegio de Periodistas de Honduras (CPH) demanda la derogación del artículo y no la reforma.

Probablemente será hasta la próxima semana cuando que el pleno de magistrados discuta esta moción de la Sala Penal. “La Sala ya la envió, falta que el pleno decida probablemente la otra semana”, dijo Bustillo. El pleno de magistrados del Poder Judicial tiene la potestad de aprobar tal como dictaminaron los miembros de la Sala Penal o hacerles cambios concretos al documento final, el cual será turnado al Congreso Nacional. Sin embargo, constitucionalmente las opiniones emitidas por la CSJ no son vinculantes para ser aprobadas por el Poder Legislativo. Según conoció EL HERALDO, la opinión del Poder Judicial irá encaminada a reformar el 335-B y se le eliminará la palabra terrorismo y todos los conceptos que violenten la libertad de expresión en el país.

Salida

Semanas atrás, la Sala Constitucional admitió un recurso de inconstitucionalidad interpuesto por defensores de la libertad de expresión quienes exigen que se declare inaplicable la norma impugnada.

En ese sentido, la Fiscalía de Defensa de la Constitución pidió el lunes que se declare parcialmente con lugar el recurso de inconstitucionalidad y pidió a la CSJ que se declare inaplicable dicho artículo.

Esto significa que los magistrados de la Sala Constitucional deberán decidir si declaran inconstitucional e inaplicable el mordaz artículo, considerando el dictamen de la Fiscalía.

Dicho dictamen iría al pleno de magistrados del Poder Judicial solo si no existe unanimidad al momento de emitir un fallo en el seno de la Sala Constitucional.

De declararse inconstitucional, esta sería la salida menos conflictiva para revertir lo aprobado por los legisladores.

Derogatoria

Aunque la opinión de la Corte Suprema de Justicia referente al artículo 335-B del Código Penal no ha sido remitida al Congreso Nacional, este literal podría ser derogado. En tal sentido, el secretario del Poder Legislativo, Mario Pérez afirmó que “creo que hay anuencia, voluntad de todos los diputados de apoyar la derogatoria de esa reforma”.

“Una vez que nos llegue la opinión de la Corte en el mes de julio cuando regresemos del receso vamos a proceder a discutir ese dictamen”, anunció. El también diputado del Partido Nacional sostuvo que la opinión emitida por la Fiscalía para la Defensa de la Constitución del Ministerio Público (MP) acerca de este inciso contribuirá a que la CSJ emita con mayor puntualidad al igual que claridad el dictamen.

La Ley mordaza, como se le conoce a este artículo, fue aprobada el pasado 22 de febrero por los diputados del Congreso Nacional.

Esta iniciativa fue propuesta por el diputado nacionalista Óscar Álvarez, quien aseguró que su planteamiento no afectaría a los medios de comunicación

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