Columnistas

A veces hacen caso y a veces no. Este debiera ser uno en que lo hicieran. Habría que ver las luces que les encienden desde allá por la carretera al Primer Batallón, frente a La Tijera. Es la primera voz audible, después de la de uno, casi inaudible, que esclarece que el Congreso Nacional no tiene facultades para emitir reglamento que no sea el de su propio funcionamiento. En los reglamentos se define el cómo se aplica una ley, qué es el qué. El qué, que ha servir de parámetro a determinada acción y para ser coadyuvante en la convivencia pacífica que se pretende; ofrece, también, sanciones a quienes lo subviertan. Y con ellas, el disuasivo pertinente. Un reglamento es importante. Indispensable para la aplicación de algunas leyes. Muchos profesionales del derecho lo saben y ninguno puede alegar ignorancia al respecto. Porque entonces la indiferencia y no evitar que siga rodando la falacia de que si el Congreso Nacional reglamenta la reelección presidencial, ilegalmente aprobada, la legalidad se alcanzaría. La legitimidad de todos modos, no. Pueden reconocer lo que quieran los apreciados gringos, rusos o suecos, pero la reelección hecha es transgresora de la ley. No importa si la figura presidencial ha hecho buen trabajo, se le reconoce en varios aspectos, no nos permitimos el sectarismo nocivo que enceguece, pero la silla en que descansa es una afrenta al Estado de derecho. Como la integridad en Honduras puede tomar una flexibilidad desatinada, personajes con profundo conocimiento sobre el tema eligen hacer mutis cuando ese conocimiento les devela la verdad como inconveniente a sus intereses. Pareciera que mantener distracción con la reelección es el objetivo, no el de ejercer control legal sobre ella. Así que busquen a los constituyentes, aún encarnan el espíritu de la Gran Ley. Y empecemos a considerar la posibilidad de otra constituyente que resuelva todo de una vez, pero que cuando la pierdan, no salgan sus promotores alegando fraude y pidiendo otra.