Columnistas

Legalidad fallida

a legalidad y legitimidad de la justicia sigue sin levantar cabeza; una vez más, al igual que otras elecciones de cargos clave que pueden y deben enrumbar el camino hacia la buena gobernanza y la impartición igualitaria de justicia en el país, el cargo más importante para enfrentar la lucha anticorrupción y acabar con la impunidad, dejó un mal sabor de boca.

La mayoría de quienes han vigilado la escogencia del fiscal general (FG) y el fiscal adjunto (FA) desde un inicio centraron sus críticas en la debilidad del proceso. Pese a que el actual mandato concluye hasta el 1 de septiembre, hubo una urgencia desmedida para acelerar el trámite.

Para no violentar el debido proceso garantizado por la misma Constitución de la República, la Junta Proponente debió haber asegurado a las y los aspirantes a FG y FA todas la formalidades, derechos y garantías que establecen los convenios, protocolos y la misma Carta Magna.

Aunque el artículo 23 de la Ley del Ministerio Público admite la reelección por un período de cinco años, de acuerdo con el artículo 22 de esta misma ley y el 233 constitucional establece que “estos funcionarios serán electos por el Congreso Nacional por un período de cinco (5) años, con el voto favorable de por lo menos dos terceras partes de sus integrantes, de una nómina de cinco (5) candidatos seleccionados por una Junta Proponente, integrada en los términos que dispone la ley”.

El debido proceso es observado incluso en las elecciones de primer grado como la presidencia, diputaciones y alcaldías. Cuando alguien quiere aspirar a un cargo de elección popular, primero busca el partido de su preferencia, luego se afilia a una corriente y desde allí compite en elecciones internas ante los oponentes de las otras corrientes políticas.

Este procedimiento aplica también a quienes buscan reelegirse en el cargo que ocupan en ese momento como las alcaldías o diputaciones. Si esto ocurre obligatoriamente en una elección de primer grado, ¿por qué no fue lo mismo con una de segundo grado como el cargo de FG y FA? El principio para la elección en ambos casos tiene que ser el mismo.

Estela Cardona, magistrada en el período de Vilma Morales; los magistrados Jacobo Cálix y Carlos David Cálix, entre otros de la Corte Suprema que presidió Jorge Rivera Avilés; Ramón Custodio López, en el Comisionado Nacional de Derechos Humanos, buscaron la reelección, pero se sometieron al debido proceso. Esta elección mostró de nuevo las acostumbradas negociaciones del bipartidismo y la penosa comparsa de los partidos minoritarios.

La elección no pudo tener peor momento; los escándalos de la red de diputados, acusados de malversación de caudales públicos, y el caso Pandora, que involucra a diputados en la sustracción de fondos públicos hacia campañas políticas y gastos personales de los dos partidos históricos, pone en entredicho la elección porque los incriminados no pueden estar eligiendo a quienes deben acusarlos.

Aun cuando se reconoce su trabajo contra el narcotráfico, el fiscal Óscar Chinchilla asume su segundo período con deudas pendientes sobre las violaciones a derechos humanos, encarcelar a los acusados por corrupción y barrer con la impunidad. Pero además, debe fortalecer y potenciar el trabajo de la Maccih, la Ufecic y el CNA.

Para que no se siga deslegitimando la institucionalidad, se debe comenzar ya a revisar y democratizar el mecanismo de elección de segundo grado para altos funcionarios o de lo contrario la poca credibilidad que aún queda entre la ciudadanía puede detonar una inconformidad mayor que todos lamentaremos.