Tegucigalpa

Resumen del reglamento 'Barrios Más Seguros'

Lineamientos aprobados por la Corporación Municipal del Distrito Central.

    21.08.2014

    Resumen Reglamento para la Creación de Circuitos de Seguridad, Barrios y Colonias más Seguras

    Algunos términos importantes:

    Conectores principales, sectoriales y secundarios: CLASIFICACIÓN DE LAS VIAS URBANAS DEL DISTRITO CENTRAL

    Carta de aceptación: Documento por medio del cual cada habitante de un circuito manifiesta de forma escrita su voluntad de acogerse al Programa de Barrio y Colonia más Segura.

    Categoría R1, R2, R3 y R4: Clasificación de la zonificación en el Distrito Central, distribuidas en zonas residenciales establecidas en las Normas transitorias de actualización de la zonificación y normas de fraccionamiento, obras y uso de suelo en el Distrito Central
    Circuito de Seguridad: Área público privada dentro del perímetro objeto de la regulación del presente reglamento
    Disposiciones internas: Certificación del Acta de acuerdos internos a los que lleguen los habitantes de un Circuito de Seguridad y que regulan el funcionamiento del mismo.

    Disposiciones técnicas: Es el informe técnico emitido por la Gerencia de Movilidad Urbana y aprobado en Corporación Municipal, contiene la CLASIFICACIÓN DE LAS VIAS URBANAS DEL DISTRITO CENTRAL (Aquí se determinará cuales son los conectores principales, sectoriales y secundarios en donde se prohíbe la instalación de permisos, así como los secundarios que si puedan habilitarse en horas valle o pico)

    Dispositivo de Seguridad: Tranca, Brazo Mecánico o Portón utilizados para regular el ingreso de peatones y vehículos en vía o espacio público.

    Expediente Único: Instrumento administrativo que recopila los documentos pertinentes a la solicitud de Permiso de Barrio y Colonia más Segura.

    Las atribuciones de la Comisión de Seguridad (Regidores y Vice alcalde)
    - Proponer las reformas al Reglamento
    - Conocerá de los informes trimestrales que emita la Gerencia de Movilidad Urbana de los permisos que otorga.
    Atribuciones de la Dirección de ordenamiento Territorial (algunas):

    - Aprobará o improbará las solicitudes de instalación de dispositivos de seguridad
    - Solo en los casos conflictivos resolverá la Corporación Municipal

    Los requisitos son los mismos pero se incorporó la figura de la autenticidad la que vendría a garantizarnos la veracidad de la información que se presente:

    - Copia de la personalidad jurídica si es patronato (presenta originales o autenticas. DAMOS LA POSIBILIDAD), si es junta de vecinos o comités de seguridad (Son los que se crean para este fin especifico), el Acta de Asamblea de vecinos (se autentica firma del secretario de actas).

    - Acta de aceptación firmada por cada propietario o arrendatario. Estas deben ser equivalentes al 80% (igual que el año anterior) de los habitantes (por casa). El índice se saca del plano urbanístico de cada colonia, en su mayoría la Gerencia de Movilidad ya tiene identificados los porcentajes.

    - Certificación del Acta de Disposiciones Internas (Antes se llamaba Reglamento interno y lo elaboraban los habitantes, allí es donde se generaban la mayoría de los conflictos), lo que procuramos con esto, es que la Gerencia de Movilidad sea quien en base al instructivo dé los lineamientos y apruebe. Se debe autenticar la firma del secretario de actas.

    Procedimiento:

    1.- Se presenta la solicitud en la Gerencia de Movilidad Urbana con todos los requisitos
    2.-Admitida la solicitud la GMU hará inspección, confirmará datos y emitirá su informe. Remite el expediente a la Gerencia de Prevención y mitigación
    3.- La G. de Prevención y Mitigación emitirá su informe y devolverá el expediente a la GMU.
    4.-Previo a la entrega del Permiso de Barrio y Colonia mas Segura, el interesado deberá solicitar a la Gerencia de Control de la Construcción el permiso de Rotura de vía y permiso de corte o poda de árboles si corresponde. El Expediente único no pasará por estas dependencias, si no que, para entregarlo deberán solicitar los otros permisos.

    5.- La GMU emite el permiso si corresponde

    • El Permiso deberá de fijarse en lugares visibles a la gente, para que TODAS las personas sepan que prohibiciones, derechos y que conductas deben adoptar, así como conocer si se otorgó en horario regulado.

    6.- La GMU hará inspección para constatar si el Dispositivo cumple con lo establecido en los permisos.


    Del Diseño e instalación del dispositivo de seguridad.

    - Deberá diseñarse de manera tal que las aceras estén libres (por ejemplo las trancas que se construyen en la acera). Los portones deberán de ser vehiculares y peatonales a la vez.
    - Las personas con discapacidad deberán poder circular libremente y sin obstáculos.
    - Las obras complementarias como casetas no deberán de construirse de materiales permanentes. (Ejem. Las casetas de concreto en medio de la calle por el Instituto San Miguel)

    • Uno de los mayores problemas en la convivencia diaria lo ocasionaba la falta de pago (morosidad) o la negativa de participar en el Programa, ahora se establece que las personas de vigilancia deberán abrir el dispositivo a las personas que se encuentren bajo estas dos condiciones y no podrán utilizar medios o ejercer acciones que atenten contra la dignidad de las personas.
    • Calles vehiculares: Mínimo un guardia de seguridad por circuito de seguridad. Esto garantizará que no existan portones cerrados permanentemente, el acceso deberá de ser libre para responder a emergencias (Bomberos, ambulancias y en síntesis para que cualquier habitante o bien un visitante pueda salir y entrar cuando lo desee, siempre y cuando se identifique). En calles peatonales esta función la podrá ejercer un habitante.
    • No se autorizarán circuitos dentro de otros. (Si existe un circuito grande, no se autorizarán dentro de éste, circuitos pequeños), a excepción que la Corp. lo autorice.
    • No se autorizarán permisos que encierren áreas verdes, parques, o áreas comunes. (se adueñan de estos)
    • No se autorizarán permisos en CONECTORES PRINCIPALES, SECTORIALES Y SECUNDARIOS. A excepción de los secundarios que puedan habilitarse en horario regulado establecido en horas valle (pico) en las Disposiciones internas.
    • No podrán restringir el acceso al comercio debidamente autorizado dentro de los circuitos.


    Las sanciones que impondrá el Departamento Municipal de Justicia (Juzgado de policía) son:

    • Por no presentar la solicitud de barrio y Colonia mas Segura dentro de los 30 días después de publicado el Reglamento de L. 3,000 a 10,000. Todos los que anteriormente hayan obtenido permiso y los q se hayan instalado de manera ilegal, podrán presentar la solicitud como nuevos y sin multa, transcurrido el plazo, ambos tendrán que pagar multa que va de 3,000 a 10,000 lps y se decomisarán los dispositivos. Este aplica en cualquier momento después de los 30 días.

    • Por no instalar el dispositivo según lo establecido ( 1era, 2da y 3era sanción)

    • Por no presentar la solicitud de Renovación (el otro año) 30 días antes del vencimiento del permiso. ( Esto nos garantiza que ningún permiso se venza sin que se haya presentado la solicitud). La sanción es la 1era del reglamento.

    • Si pasan 10 días del vencimiento del permiso y no se haya presentado la solicitud de renovación, procede el decomiso. Si esto sucede no se le dará trámite hasta por un plazo de 6 meses.

    • En general por la inobservancia o incumplimiento a lo establecido en el presente Reglamento. (1era, 2da y 3era sanción)

    Sanciones: (Estas sanciones se establecieron en base a las categorías residenciales)

    1era sanción- por categorías residenciales. R3 y R4 de L. 1,000 a 2,000, R2 de L2,001 a 3,000 y R1 de 3,001 a 5,000
    2da sanción (reincidencia) - Igual al doble de la anterior
    3ra vez.- Suspensión del permiso por un período de 3 a 6 meses o la cancelación del permiso, retiro y decomiso del Dispositivo por un período de 1 a 3 años.
    (Firme la resolución tendrán un plazo de 10 días para el retiro voluntario del Dispositivo, caso contrario se hará por la Municipalidad)

    Disposiciones finales:
    Para que se devuelva el Dispositivo una vez decomisado, se pagarán lps 2,000 que corresponde a costos operativos, tendrán 6 meses para solicitarlo de lo contrario pasa a bienes municipales.
    Las disposiciones técnicas se actualizarán según sea necesario ( Ejem, por la construcción de un puente)
    Se proporcionará a los habitantes del circuito, un instructivo para la elaboración de las disposiciones internas de seguridad. (Normas de convivencia)

    Contra las resoluciones que se emitan caben los Recursos que la Ley de Municipalidades y su Reglamento establecen.

    Art 49.- SE DEROGÓ EL ACUERDO DE LA SAN ÁNGEL, todos los permisos están prescritos, la idea es que los vecinos de la san ángel hagan todo el trámite, presenten sus Disposiciones internas y demás requisitos como toda la gente, y que según como quedo establecido se pueda autorizar en horario regulado en horas pico.