Honduras

Audiencia de descargo para jueza por demanda a la Universidad Nacional de Agricultura

Entre 2007 y 2009, las entonces autoridades de la universidad y

un grupo de docentes se repartieron L. 59 millones en arancel

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15.01.2018

Tegucigalpa, Honduras
El Ministerio Público tiene abiertas dos investigaciones sobre las actuaciones de los involucrados en la demanda de 164.2 millones de lempiras otorgada en perjuicio de la Universidad Nacional de Agricultura (UNA), con sede en Catacamas, Olancho.

Este millonario caso en la que los rectores, vicerrectores y secretarios generales de la universidad actuaron como demandantes y demandados, junto a otros 90 docentes, corresponde a supuestos beneficios salariales dejados de percibir entre 2009 y 2015 por concepto del Arancel de los Profesionales de las Ciencias Agrícolas, el cual fue declarado inconstitucional en 2006.

En el expediente judicial 196-CPC-2013 consta que el Ministerio Público tiene abiertas dos investigaciones por los 164.2 millones de lempiras. El 16 de junio del año pasado, en atención a la denuncia número 1474920433-2016, la abogada Martha Angélica Martínez Acosta, en su condición de agente de tribunales de la Fiscalía Especial para la Transparencia y Combate a la Corrupción Pública (Fetccop), solicitó copia del expediente judicial 196-CPC-2013.

Dos meses después, el fiscal Isaías Oliva Palma, de la Sección de Enjuiciamiento de Servidores del Poder Judicial, en atención a la denuncia 1501602378-2017, también solicitó al juzgado de letras de Catacamas copia del mismo expediente que contiene la demanda ejecutiva de pago.

La Fetccop determinará si las exautoridades de la universidad que actuaron como juez y parte en la demanda tienen responsabilidad penal; mientras que la Fiscalía de Enjuiciamiento a Servidores del Poder Judicial decidirán si procede o no contra la jueza Lidia Marlene Martínez Amador por haber conocido un juicio del cual no tenía competencia genérica, objetiva ni funcional, según investigación de la Inspectoría General de Tribunales de la Corte Suprema de Justicia.

Descargo
Ante el informe enviado por la Inspectoría General de Tribunales, el director de la Carrera Judicial, Carlos Roberto Cálix, aseguró que el viernes 12 de enero reciente se le realizó la audiencia de descargo a la jueza Martínez Amador.

Una vez que la Inspectoría termina la investigación de una denuncia contra un funcionario judicial, mediante resolución toma la decisión de ratificar o no el informe, “en el caso de la jueza Martínez Amador entiendo lo ratificó declarando con lugar la denuncia que fue incoada en contra de ella, donde están de por medio intereses de la Universidad de Agricultura por la admisión de una demanda”.

Como el servidor judicial tiene derecho a defenderse, al iniciarse el proceso disciplinario se le convocó a la audiencia de descargo, en la cual “tenía la posibilidad de volver a escuchar los hechos que motivan la denuncia y presentar los elementos de prueba que ella podía aportar para los descargos”.

Cálix explicó que ahora le corresponde a esta Dirección, a través de la Subdirección, emitir en los próximos días una resolución recomendando a la presidencia de la Corte Suprema de Justicia la medida a tomar contra la jueza.

La recomendación, que no es vinculante, “puede ser estimando la responsabilidad administrativa de la servidora judicial y haciendo una recomendación de la posible sanción que se le pueda imponer o desestimando la denuncia, la responsabilidad administrativa y que no se le imponga ninguna sanción”.

Las posibles sanciones van de acuerdo al tipo de infracción, pueden ser amonestación, suspensión del cargo, hasta el despido, afirmó el director de la Carrera Judicial.

Más dinero
EL HERALDO
tuvo acceso a documentos que revelan que entre 2007 y 2009 los mismos involucrados en la demanda también le sacaron a la UNA, vía arreglo interno, otra cantidad de 59 millones de lempiras, utilizando el mismo argumento del arancel antes mencionado.

Según planilla revisada el 22 de junio de 2009 por Auditoría Interna de la UNA, el dinero corresponde a beneficios desde 1999 hasta 2008.

La planilla está firmada por el entonces rector Marlon Escoto, por el vicerrector José Antonio Ramírez, ambos beneficiarios, y por el jefe de Recursos Humanos, Saily Sánchez.

Lea aquí: Informe sobre actividades de la Comisión Interventora

Recusación
El 20 de abril de 2017 el abogado Óscar Orlando Sevilla Castro, en su condición de representante procesal de la Comisión Interventora de la Universidad Nacional de Agricultura, recusó a Martínez Amador y pidió nulidad de actuaciones.

La acción la realizó en vista de haber sido denunciada ante la Inspectoría de Tribunales por conocer una demanda ejecutiva de pago registrada en el expediente 196-CPC-2013, sin tener competencia, ni jurisdicción y por aplicar leyes que fueron derogadas.

Sevilla asegura que los acuerdos extrajudiciales de pagos no constituyen títulos extrajudiciales, pues lo que constituyen son documentos públicos, expedido por autoridad administrativa y solo son necesarios para efectos de prueba en el proceso.

“El acuerdo extrajudicial y conciliatorio y homologado por el órgano jurisdiccional se ha vulnerado en perjuicio del Estado a través de la Universidad Nacional de Agricultura, su derecho a una tutela judicial efectiva y específicamente en lo atinente a la inobservancia de la garantía genérica del debido proceso y al principio de reserva de la ley”, demandó Sevilla.

Ante las acciones del nuevo defensor de los intereses de la UNA, Guillermo Antonio Escobar Montalván, representante de los demandantes, solicitó archivar las diligencias de mérito “en virtud del ánimo manifiesto por la parte demandada en satisfacer de manera extraprocesal la pretensión de la demanda”.

Como respuesta a la solicitud de recusación y para no interrumpir el proceso, las nuevas actuaciones en el caso fueron trasladas al conocimiento del juez supernumerario Alex Eduardo Sabonge Almendárez.

Actualmente está pendiente de resolución la solicitud de nulidad presentada por Sevilla y la petición de archivar el expediente interpuesta por la parte demandante.

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