Honduras

Obligaciones por beneficios estipula ley a informantes

13.04.2017

Tegucigalpa, Honduras
La Ley de Colaboración Eficaz no solo establece beneficios para los informantes, sino también obligaciones, las cuales deberán de cumplir voluntariamente.

La prohibición de portar armas de fuego y reparar los daños ocasionados por un delito conforme a su capacidad económica son algunos de estos compromisos para que al colaborador eficaz se le conceda uno de los ocho beneficios estipulados en la normativa.

Además, deberá admitir los hechos que se le imputan, no cometer un nuevo delito doloso y tampoco salir del país.

En caso de ser necesario, se adoptará una identidad distinta que permita una mejor colaboración, de acuerdo al artículo 18 del anteproyecto de este estamento jurídico.

La herramienta jurídica permitirá identificar a los integrantes de una organización criminal, sus jefes o cabecillas, a las personas como actores políticos, del sector privado o de los diferentes entes operadores de justicia que prestan ayuda y protegen a estas organizaciones.

La Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (Maccih) ha brindado el soporte a este normativa, la cual fue diseñada para desarticular las bandas y estructuras criminales que operan dentro del país, según dicen. El pasado 5 de abril, el diputado del Partido Liberal, Osman Aguilar, introdujo el anteproyecto de este estamento legal a la Cámara Legislativa al que tuvo acceso EL HERALDO.

Posteriormente se nombró la comisión que dictaminará.

Condiciones

“El juez en la resolución correspondiente debe imponer las obligaciones según la naturaleza y modalidades del hecho delictivo, las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se cometió, la naturaleza del beneficio, la magnitud de la colaboración proporcionada, así como de acuerdo a las condiciones personales del colaborador”, establece.

Los beneficios otorgados pueden ser revocados exclusivamente a solicitud del Ministerio Público (MP) con autorización previa del fiscal general o el director de fiscales por haber cometido una nueva acción delictiva dolosa dentro de los diez años de habérsele otorgado el beneficio.

La declaración falsa de la información entregada por el colaborador al igual que el incumplimiento de cualquiera de los compromisos anulará también los beneficios.

Las ventajas abarcan desde la abstención del inicio de la investigación, criterio de oportunidad, el requerimiento fiscal con la petición de reducción de pena, procedimiento abreviado, libertad condicional hasta la aplicación de la sanción menor del tipo penal imputado.

Los beneficios contemplados no aplicarán para los delitos de femicidio, violación, violación especial, genocidio, tortura o desaparición forzada. Tampoco procede para ilícitos de acción privada.