Economía

Honduras: Anuncian consecuencias a empresas que no paguen salario mínimo

Las empresas que no paguen salario mínimo y demás derechos laborales no podrán ser contratadas en el Poder Ejecutivo

06.12.2016

Tegucigalpa, Honduras
Autoridades del Poder Ejecutivo revelaron este martes las condiciones que deben cumplir las empresas para poder celebrar contratos con el gobierno y las consecuencias para quienes no cumplan con los compromisos.

A partir del año 2017, todas las instituciones de la Administración Pública Centralizada, Descentralizada y Desconcentrada deberán abstenerse de contratar, renovar o ampliar contratos con las empresas que no cumplan con el salario mínimo y otros derechos laborales.

Las empresas a supervisar serán de servicios de seguridad y de limpieza, dejando fuera de los contratos a aquellas que no respeten los derechos laborales de los trabajadores, particularmente el derecho al salario mínimo.

Así lo establece una circular oficial distribuida por el Coordinador General de Gobierno, Jorge Ramón Hernández Alcerro, en cumplimiento de instrucciones precisas del presidente Juan Orlando Hernández.

El propósito de la determinación, que surte efecto a partir de enero próximo, es garantizar que todas las empresas de seguridad y de limpieza que brinden servicios al Poder Ejecutivo cumplan todos los derechos laborales y demás prestaciones sociales de los trabajadores que laboran para las mismas.

La circular dirigida a los coordinadores de gabinetes sectoriales, secretarios de Estado, presidentes, gerentes y directores de las dependencias gubernamentales, estipula que todas estas entidades “se abstengan de la contratación, renovación o ampliación de contratos en estos casos.

'Entre los derechos a observar están particularmente, los derechos al salario mínimo, igualdad de remuneración por igual trabajo para hombres y mujeres, jornada de trabajo, vacaciones, horas extras, seguridad social, seguridad e higiene laborales, indemnizaciones por riesgo profesional y demás derechos y prestaciones sociales”.

Agrega que la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, por medio de la Inspección General de Trabajo y las demás unidades de apoyo que juzgue necesario, “está obligada a verificar que en los contratos de todas las instituciones se consigne una cláusula con la obligación de cumplir con todos los derechos laborales y demás prestaciones sociales de las empresas”.

La Secretaría de Trabajo también deberá “elaborar una lista de las empresas que no cumplan con las obligaciones anteriores y comunicarlas a todas las instituciones del Estado, ya que las mismas no deberán ser contratadas por ninguna institución del Poder Ejecutivo durante un período de un (1) año.

Para poder volver a celebrar contratos deberá comprobarse que las mismas cumplen y se han obligado a cumplir con todos los derechos laborales y demás prestaciones sociales de los trabajadores que laboran para las mismas, sin perjuicio de aplicar las sanciones que en Derecho correspondan.

El Coordinador General de Gobierno invita a organizaciones de la sociedad civil para observar la aplicación de estas medidas y que elaboren un informe sobre la ejecución de las instrucciones impartidas en la circular en referencia.

Según datos del Alto Comisionado de los Derechos Humanos y del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), en el país hay unos 120 mil guardias de seguridad privada y entre 60 y 80 mil aseadores; la mayoría labora en instalaciones del Estado y son pagados con fondos del Estado, pero las empresas para las que trabajan no cumplen con los derechos laborales.