Honduras

Aprobadas reformas a Ley Orgánica de Policía

El Poder Legislativo aprobará ahora los ascensos policiales. El polígrafo quedó en firme, pero esta medición no será causal de despido. Agregan cuatro artículos al decreto.

    07.04.2014

    Con un nubarrón que no dejó claro el camino de la legalidad, el Congreso Nacional aprobó anoche las reformas a la Ley Orgánica de la Policía, que harán más expedito el proceso de la depuración de ese organismo de seguridad pública.

    En un enredado y prolongado debate, los diputados discutieron y aprobaron la propuesta de reforma de varios artículos de la Ley Policial, presentada por la Secretaría de Seguridad, que busca darle continuidad al proceso de depuración de la Ppolicía.


    Polémica por el polígrafo

    Nuevamente, el diputado Oswaldo Ramos Soto advirtió que por aprobar leyes a la carrera, el Congreso se mete en problemas, pero sus recomendaciones no fueron aceptadas por el presidente del Congreso, que insistió que descartar la prueba del polígrafo era retroceder en el proceso de la depuración policial.

    Los puntos principales de la reforma es que los miembros de la carrera policial serán sometidos a pruebas de evaluación de confianza en forma permanente, el director general de la Policía podrá ordenar esas pruebas en cualquier momento del año, cuando así lo ameriten las circunstancias, según las explicaciones de los miembros de la comisión de dictamen.

    Las pruebas de confianza serán aplicadas a los aspirantes a formar parte de la Carrera Policial, ya sea de academia o de orden, cada vez que un policía ascienda a un grado inmediato superior, que reciba una beca para continuar estudios en el exterior o para ser nombrado en el servicio exterior.

    Otra reforma importante es que se crea una nueva figura: los miembros de la policía podrán ser evaluados por su rendimiento en su desempeño, se deja claro que el policía es un servidor público que debe dar resultados positivos. Su estabilidad laboral, de acuerdo con esta reforma, está relacionado al desempeño del cargo. Si esa evaluación la reprueban será sujeto a que su nombramiento sea cancelado, previo dictamen de una comisión de honor.

    La reforma permite que cuando ante la Dirección de Investigación y Evaluación de la Carrera Policial (DIECP) no pase las evaluaciones, como las pruebas de confianza, no será despedido de forma inmediata, sino que habrá una audiencia de descargo para darle la oportunidad a la defensa, acompañado de su representante legal. Pasado este proceso vendrá el dictamen técnico que emitirá la DIECP, recomendándole al director la separación o su restitución.

    En la prueba del polígrafo, que fue objeto de una amplia discusión, se concluyó que no era conveniente eliminarla y se tomó la decisión se seguir aplicándola, pero que no será una causal directa de despido, sino que el policía que repruebe este mecanismo de evaluación se le abrirá un expediente investigativo en base a las preguntas que reprobó.


    Más poderes

    En síntesis, la reforma amplíia las atribuciones de la figura del director general de la Policía, se ratifican las pruebas de confianza y se fortalecen algunas de las falencias que tenía la Ley Orgánica en ocho de sus artículos, que fueron reformados.

    A sugerencia del diputado Armando Calidonio, fueron aprobados tres artículos nuevos referidos a que para análisis de casos de policías investigados se nombrará una comisión de honor, la cual no podrá conocer más de 20 casos.

    Fueron agregadaos otras disposiciones como el hecho de que los ascensos de la Policía Nacional deberán ser aprobados por el Congreso Nacional, a propuesta del presidente de la República por medio de la Secretaría de Seguridad, tal como sucede en las Fuerzas Armadas de Honduras.

    El tema que polemizó dicha reforma fue el polígrafo como instrumento de medición dentro de las pruebas de evaluación de confianza. En el debate, el diputado Oswaldo Ramos Soto intervino en varias oportunidades para tratar de convencer al pleno que se estaba volviendo a cometer el error de incluir la prueba del polígrafo puesto que el Código de Procedimientos Penales la prohíibe.

    Estaríamos creando una ley que se opone a otra ley, por lo que el diputado Ramos Soto propuso que se hicieras la reforma al Código Penal, si logramos esta armonía no vamos a tener problemas en el futuro, dijo Ramos Soto, advirtiendo que cualquiera podría alegar que hay inconstitucionalidad en esta disposición de la Ley Orgánica de la Policía.

    Ramos Soto, afirmó que es imperiosa la aprobación de estas reformas, pero advirtió que “por andar corriendo generamos problemas”. Aclaró que no estaba en contra del polígrafo sino que se viole la técnica legislativa, si hay una ley que prohíibe cómo es que en otra lo estamos admitiendo, apuntó.

    La posición de Ramos Soto no fue compartida por el mismo presidente del CN, Juan Hernández, tampoco por el jefe de la comisión de dictamen, que consideraron que sería un retroceso al proceso de la depuración policial.

    El diputado Tomáas Zambrano, miembro de la Comisión de Dictamen, concluyó que hubo alguna confusión entre los diputados a la valoración que le estaría realizando esta reforma al terma del polígrafo.

    Lo que establece el Código Procesal en su artículo 101 el polígrafo como medio probatorio cuando se ha incoado una acusación penal. Con la aplicación del polígrafo en la Ley Orgánica de la Policía es un tema administrativo de tipo laboral, que no es causal de despido reprobar la prueba del polígrafo.

    Más adelante, aclaró que “no estamos incurriendo en ninguna ilegalidad con la aplicación del polígrafo. Se está reformando el artículo 126 de la misma Ley Orgánica de la Policía que establece que los miembros de la Carrera Policial podrán ser despedidos de sus cargos sin responsabilidad para el Estado de Honduras”.

    El último numeral establece que reprobar cualquiera de las pruebas de evaluación de confianza, excepto la prueba del polígrafo, cuya reprobación faculta la iniciación de un proceso de investigación.