Nueva ley penitenciaria
Jueves 21 de junio de 2012

1,200 millones urgen para mejorar los centros penales de Honduras

10:50 pm  - Redacción 

Dos años de vida le quedan al actual submundo carcelario hondureño. Una comisión de transición al Instituto Penitenciario se encargará de desmantelar el actual régimen corrupto.

  • Al menos el 60 por ciento de los centros penales a nivel nacional enfrentan condiciones físicas deplorables. La nueva ley penitenciaría incluye hacer mejoras.
  • Fuerzas vivas de San Pedro Sula hicieron eyer una inspección del lugar donde se construirá el nuevo centro carcelario.
Tegucigalpa,

Honduras

Dos años tardará el sistema penitenciario hondureño para cambiar el actual modelo preñado de corrupción a todos los niveles, de gran hacinamiento y de una violación sistematizada de los derechos humanos.

El Congreso Nacional emitió el pasado mes de mayo una nueva Ley del Sistema Penitenciario que pondrá fin al actual régimen carcelario, que data de 1883, después de la construcción de la Penitenciaría Central, hoy Penitenciaria Nacional Marco Aurelio Soto.

La normativa aprobada y que todavía no es sancionada por el presidente Porfirio Lobo Sosa establece un período de transición de dos años para que los 24 establecimientos penales existentes pasen a ser administrados por un instituto penitenciario.

Mientras tanto, una comisión de transición que será creada al efecto se encargará de la depuración de los centros penales, de estructurar lo que será el Instituto Penitenciario y de crear la academia de policía que se encargará de la custodia de los privados de libertad.

Presupuesto

Según cálculos preliminares, la nueva ley necesita un presupuesto de más de 360 millones de lempiras. Solo para su operatividad requiere de la construcción de nueve recintos penitenciarios, lo que implicaría inversiones por 44 millones de dólares, cerca de 900 millones de lempiras.

En total, la inversión para poner en funcionamiento este nuevo sistema sería de más de 1,200 millones de lempiras.

Las instalaciones carcelarias que se busca construir deben poseer talleres, escuelas, canchas deportivas y un pequeño hospital.

Problemas a resolver

Uno de los problemas a resolver es el alto índice de hacinamiento que en Honduras anda por encima del estándar mundial del 12 por ciento planteado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

El otro problema es el poco o nulo proceso de rehabilitación y reinserción de los internos, la escasa motivación en el personal, así como la corrupción, que son aspectos que llenan la lista de deficiencias que abaten al sistema penitenciario de Honduras.

A esto hay que agregar otras debilidades como la falta de recursos para el sostenimiento de las prisiones y mejorar las condiciones de vida de la población carcelaria, tal como lo contempla la nueva ley.

Según los estudios hechos, actualmente un policía penitenciario devenga unos 6,000 lempiras mensuales, pero para llegar a formar parte de esas filas debe recibir adiestramiento en al menos 30 materias indispensables, a las que dedica unas 800 horas de estudio.

Este plan es una nueva combinación del programa de entrenamiento de la Escuela de Nuevo México, de Estados Unidos, y del Instituto Penitenciario de Colombia.

Se dice que para resguardar a los 12,500 internos hay unos 740 elementos penitenciarios, es decir que hay una persona por cada 17 reos. De esos 740, unos 700 son de la escala básica, 27 oficiales y 13 personal auxiliar.

Los estándares mundiales señalan que debe haber un policía por cada seis privados de libertad. El elevado número de reos por cada policía obliga a los agentes incluso a trabajar doble horario.

Desmantelarán “negocios”

El diputado Rolando Dubón Bueso, quien estuvo ligado a la creación de esta ley, indicó que habrá un proceso de transición del control de los centros penales de la Secretaría de Seguridad a la del Interior y Población.

Esto supondrá que las prisiones pasan a ser controladas por un instituto penitenciario que tendrá su propia academia de custodios, a efecto de que la Policía ya no siga administrando los presidios ni involucrándose en actividades ilícitas, como ocurre actualmente.

Dubón Bueso indicó que el nuevo régimen no permitirá que las prisiones sigan siendo escuelas del crimen y que en ellas imperen el desorden, los negocios, el tráfico de drogas y que desde las mismas se genere más violencia.   La nueva autoridad procederá a desmantelar cualquier tipo de negocios que se realizan en los centros penales y se instituirán los comisariatos, donde los privados de libertad podrán adquirir productos necesarios para la convivencia en las prisiones.

Una comisión se encargará de hacer el traspaso de los bienes, personal de custodia y otros al Instituto Nacional Penitenciario (INP), el que asumirá la administración, control y vigilancia de los 24 centros penales en Honduras.

Según esta legislación, se mejorarán las condiciones y se respetarán los derechos humanos en las cárceles hondureñas.

Instituto penitenciario

La Ley crea el Instituto Nacional Penitenciario (INP) como un órgano desconcentrado, dependiente de la Secretaría del Interior y Población y al que corresponderá la organización, administración y funcionamiento de todas las cárceles del país. Con sede en Tegucigalpa, el INP propondrá y ejecutará la política carcelaria de Honduras y pondrá énfasis en la reinserción social de las personas privadas de libertad.

“El Instituto Penitenciario velará por la seguridad, atención, custodia, asistencia médica, educativa y laboral de las personas privadas de libertad a su cargo, en prisión preventiva o cumpliendo penas o medidas de seguridad”, explicó el diputado Mario Pérez.

Además, dicho instituto organizará los cuerpos de seguridad que laborarán en las cárceles y se encargará de formar y adiestrar al personal del sistema penitenciario nacional, así como promover actividades de especialización, actualización y de promoción para su mejoramiento profesional.

El consejo directivo del INP estará integrado por los secretarios del Interior y Población, Seguridad, Justicia y Derechos Humanos; un representante de organizaciones no gubernamentales y asociaciones civiles que trabajan a favor de la población privada de libertad y un miembro de la Asociación de Municipios de Honduras (Amhon).

Nuevo régimen

Actualmente no existe una ley penitenciaria en Honduras, esta ha sido regulada en parte por el Código Penal a través de los jueces de ejecución, la Ley de Rehabilitación del Delincuente y un Reglamento de Presidios. La nueva ley tiene carácter integral, en la misma se contempla desde la organización de toda la estructura penitenciaria, cómo estarán organizados los penales, las medidas de seguridad y su conexión con las normas internacionales sobre la materia que Honduras ha suscrito.

Según el articulado de la misma, las personas internas cuya edad esté comprendida entre los 18 y los 21 años, así como los menores de 25 que hayan delinquido por primera vez y cuyo pronóstico criminológico así lo aconseje, serán ubicadas en establecimientos especiales para jóvenes.

Mientras se crean y organizan dichos establecimientos, los jóvenes serán alojados en pabellones o secciones independientes en los establecimientos para adultos.

A partir de la vigencia de la nueva ley, en los centros penitenciarios se mantendrán separados los menores adultos de los adultos, los enfermos mentales, los sordomudos, los ciegos, los farmacodependientes y cualquier tipo de personas que, sufriendo serias limitaciones físicas o mentales, queden dentro del ámbito del derecho penal y puedan ser recluidas en instituciones especializadas.

Las personas que pertenecen a grupos o asociaciones ilícitas podrán ser separadas del resto de la población penitenciaria, dependiendo de la etapa del tratamiento penitenciario en que se encuentren y de las disposiciones que en materia técnica y de seguridad establezca la Dirección Nacional.

Una vez realizado el estudio técnico-criminológico y la correspondiente clasificación de la persona sujeta a privación de libertad, de acuerdo con la nueva ley y sus reglamentos, se le ubicará en los centros penitenciarios en los siguientes regímenes de seguridad: régimen de seguridad máxima o alta, régimen de seguridad media y régimen de seguridad mínima..

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